El auxilio por defunción es una prestación económica que concede la Seguridad Social para enfrentar los gastos derivados del sepelio de una persona que ha fallecido. Te contamos qué es y cómo adquirirlo.
Cuando fallece una persona, desafortunadamente no sólo es agobiante la pérdida, sino también el protocolo y los trámites para preparar el funeral, el cuál, la mayoría de las veces se hace cargo la familia del difunto. Para ‘aliviar’ un poco esa carga, la Seguridad Social ofrece un auxilio de defunción para los gastos del entierro, esta es una ayuda que es bastante desconocida entre la población. Por eso, en este artículo te contamos en qué consiste y cómo se puede solicitar.
¿Quiénes pueden solicitar este auxilio?
Entre las personas que pueden solicitar esta subvención están quienes hayan pagado las distintas partidas del entierro o la cremación, quienes suelen ser:
- El cónyuge
- El sobreviviente de una pareja de hecho
- Los hijos del fallecido que hayan convivido con él de forma habitual
- Otros familiares que hayan vivido con la persona cuya muerte originó el derecho a la prestación.
Requisitos para solicitarlo
Para beneficiarse de este auxilio por defunción, la Seguridad Social exige que el difunto se encontrara en alguna de las siguientes situaciones cuando se produjo el fallecimiento:
- Dado de alta o en situación asimilada.
- Percibiendo el subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia, maternidad o paternidad.
- Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente de nivel contributivo.
- Estar al corriente del pago de las cotizaciones que le correspondiera.
Si un familiar fallecido no hubiese estado dado de alta, se encuentra desaparecido e incluso fue uno de los pensionistas del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez), no originan el acceso a este derecho, por lo tanto no pueden acceder a esta prestación. No obstante, se debe tener en cuenta que el auxilio por defunción no exige acreditar ningún periodo previo de cotización.
¿Cómo se solicita el auxilio por defunción?
Para solicitar esta prestación, primero es necesario contar con la siguiente documentación, añadiéndola al formulario de solicitud:
- DNI o pasaporte.
- Original y fotocopia compulsada del certificado del acta de defunción.
- Original y fotocopia compulsada del Libro de Familia actualizado o el acta que acredite el parentesco expedido por el Registro Civil o por el registro de parejas de hecho.
- Original y fotocopia compulsada del certificado expedido por el ayuntamiento donde se acredite que el solicitante convivía con el fallecido. En los casos en los que no exista ninguna relación de parentesco o no se haya convivido con el difunto, es preciso presentar el documento que justifique el abono de los gastos del sepelio.
Luego, todo este papeleo, junto con la solicitud, se debe presentar en alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Sin embargo, los trabajadores del mar deben acudir a las Direcciones Provinciales y Locales del Instituto Social de la Marina (ISM) y presentar este formulario impreso y cumplimentado.
¿Cuánto es el auxilio por defunción?
La cantidad estipulada por la Seguridad Social es de 46,50 euros. Ahora, quizás sea menos de lo que esperábamos, lo sabemos, pues los gastos de un funeral suelen resultar más costosos que ésto, sobre todo teniendo en cuenta la inflación, la subida de precios y demás.
¿Cuándo se puede solicitar el auxilio por defunción?
Desde que fallece la persona, la Seguridad Social da un plazo de 5 años para poder solicitarlo. Después de los 5 años del fallecimiento, el derecho al auxilio expirará.
¿Cuánto se tarda en cobrar el auxilio por defunción?
Una vez recibida la solicitud en la Seguridad Social, la entidad tiene un plazo máximo de 90 días desde que ésta es solicitada para darle respuesta. Si la resolución es favorable, se perciben los 46,50 euros en un único pago, los cuáles, en la práctica, se ingresan entre los 10-15 días posteriores a aprobarse la solicitud.
Si bien el auxilio por defunción es poco, esperamos que esta información te haya sido útil y, si lo necesitas, puedas conseguir esta prestación.
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