Si has oído hablar sobre un complemento a las pensiones y quieres saber más sobre ello, estás en el lugar correcto. En este artículo vamos a hablar sobre el Complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones que se puede solicitar a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social.
¿En qué consiste el complemento para la reducción de la brecha de género?
Este complemento a las pensiones contributivas está orientado a reducir la brecha de género, y sustituye al complemento por maternidad por aportación demográfica. El objetivo es las consecuencias que asumir un papel principal en la crianza de los hijos y en la gestión de las tareas domésticas han tenido en la carrera profesional de las mujeres, específicamente en el ámbito de las pensiones.
Este complemento sólo se puede conceder a uno de los miembro de un matrimonio con hijo, es decir, a uno de los progenitores. Está especialmente pensado para las mujeres, que suelen percibir una pensión de jubilación ms baja debido a que han cotizado menos a lo largo de su vida profesional al tener que hacerse cargo de los hijos y de las tareas del hogar.
¿Quién puede ser beneficiario?
Los hombres también pueden beneficiarse de este complemento si cumplen alguno de los siguientes requisitos:
- Ser beneficiario de una pensión de viudedad por fallecimiento del cónyuge con el que tenía hijos en común siempre y cuando se haya visto afectada su carrera laboral.
- Ser beneficiario de una pensión de jubilación o de incapacidad permanente y haber interrumpido o haberse visto afectada su carrera profesional con motivo del nacimiento, adopción de los hijos, con determinadas condiciones de cotización.
En este supuesto, se pueden cumplir dos condiciones:
- Si se tienen hijos nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, se deben tener más de 120 días sin cotización entre los 9 meses anteriores y los 3 años posteriores a la fecha de nacimiento; y siempre que la suma de las pensiones reconocidas sea inferior a las de la mujer.
- En el que caso de que los hijos nacieran o fuesen adoptados desde el 1 de enero de 1995 en adelante, la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al nacimiento sea inferior en más de un 15% a la de los 24 meses anterior, y siempre que las pensiones reconocidas sean inferiores a las de la mujer.
Respecto a las mujeres, que son las principales beneficiarias, las condiciones son haber tenido uno o más hijos y que sean beneficiarias de una pensión de jubilación (con excepción de la jubilación parcial), de la pensión por incapacidad permanente o de viudedad.
Cuantía, pagos y efectos económicos
Una vez establecidos los requisitos de las personas que pueden ser beneficiarias, vamos a repasar cuál es la cuantía del complementos para reducir la brecha de género, cómo se efectúan los pagos y qué efectos económicos tiene en la pensión.
- En primer lugar, cabe destacar que la cuantía del complemento se fija en la ley de presupuestos generales del Estado cada año. En 2023 se ha establecido que será de 30,40 € euros mensuales por cada hijo o hija, con límite de 4 veces dicho importe.
- Es decir, aunque una mujer que cobre una pensión de jubilación y tenga 6 hijos, va a ver incrementada su pensión de jubilación en 121,60 € euros, y no en 182,40 €.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social, no tendrá en cuenta este complemento para cuantificar el límite máximo de las pensiones contributivas, ni tampoco para determinar el complemento que puedan corresponder a las pensiones inferiores a la mínima.
- Pasando a los efectos económicos del complemento para reducir la brecha de género, en el momento en que tiene derecho a la pensión de jubilación de la Seguridad Social, se tiene derecho también al complemento.
- Si el segundo progenitor solicita el complemento, es imprescindible que el primero haya dejado de recibirlo, y la resolución a los 6 meses de la solicitud, haciéndose efectiva al séptimo mes.
- Finalmente, los pagos del complemento se realizan mensualmente con 2 pagas extraordinarias, que se devengarán junto a las mensualidades de junio y noviembre.
Cómo solicitarlo y documentación a presentar
El complemento se tramita a través de TUSS, accediendo mediante certificado digital, DNI electrónico o clave permanente.
Aquí puedes acceder como interesado, representante o como apoderado. Cuando pinchas en una de las opciones (en interesado, por ejemplo, pasarás a la página de identificación. Haz clic en el método de identificación que eliges, como DNIe o certificado digital).
Una vez identificado, podrás ver en la lista de opciones la solicitud del complemento para reducir la brecha de género.
Respecto a la documentación a presentar, aquí puedes ver el formulario de solicitud requerido. Además de tus datos personales, deberás incluir los datos del otro progenitor y los datos de los hijos en común.
Incompatibilidades, extinción y expedientes internacionales
El complemento es incompatible con la percepción del mismo por parte del otro progenitor, o por los propios hijos e hijas. En caso de que los progenitores sean dos mujeres o dos hombres, se reconocerá a la que perciba pensiones públicas de menor cuantía.
Si los progenitores son un hombre y una mujer, podrá percibirlo el hombre sólo si la suma de la cuantía de sus pensiones es inferior a las de la mujer.
El complemento para reducir la brecha de género se dejará de recibir en caso de fallecimiento, o en el supuesto de que el otro progenitor lo solicite y cumpla los requisitos.
Deseamos haberte ayudado a descubrir si puedes ser beneficiario o beneficiaria del complemento para reducir la brecha de género en la pensión de jubilación. Si necesitas tu certificado digital para ya para solicitar este complemento o para otros trámites, cuenta con CertificadoElectronico.es