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Cómo dar de baja un vehículo en la DGT

Si necesitas dar de baja un vehículo, puedes hacerlo online en la DGT. Te cuento cómo puedes hacerlo con tu certificado digital.

Realiza este trámite más rápido con Certificado Digital

Última revisión

12 Sep, 2023
Juan Miguel Perea
coche averiado - dar de baja - CertificadoElectronico.es

Cuando decidamos dar de baja nuestro vehículo de la circulación debemos saber que el coche o moto tendrá que ser entregado en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos o Desguace para que pueda ser reciclado según la Ley sobre el tratamiento de vehículos al final de su vida útil.

 

¿Cuándo se tramita la baja definitiva del vehículo en el desguace?

Una vez el vehículo llega a las instalaciones del desguace, se tramita la baja electrónica y el Certificado de Destrucción para acreditar el correcto tratamiento medioambiental del coche y su baja definitiva en la DGT. Este trámite es totalmente gratuito.

 

¿Qué documentos necesito para la baja definitiva del vehículo en el desguace?

Para poder dar de baja un coche en la DGT es imprescindible aportar:

  • Fotocopia del DNI del titular.
  • Ficha inspección técnica.
  • Permiso de circulación del vehículo.

 

Cuando se lleva el coche al Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos debes obligatoriamente entregar la documentación original del vehículo.
Si el titular del vehículo hubiera fallecido, se deberá presentar una declaración responsable de baja definitiva de un vehículo por fallecimiento.

Si por extravío, robo u otro motivo no se cuenta con la documentación, se deberá rellenar una declaración responsable indicando los datos propios y los del vehículo, así como justificar debidamente el motivo por el cual no se dispone de los mismos.

 

¿Quién puede realizar la baja del vehículo?

Podrá realizar la baja definitiva del vehículo el titular o alguien autorizado.
También deberemos identificarnos en el desguace, en función de quién sea la persona que acuda al mismo, del siguiente modo:

  • Personas físicas: DNI, carné de conducir, tarjeta de residencia, pasaporte o NIE.
  • Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación.

 

Si queremos autorizar a un tercero que actúe en nuestra representación, podremos hacerlo con el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”. Que deberá presentarse firmado por ambas partes, junto con el DNI tanto del titular como del autorizado en el desguace.

En el supuesto de que el vehículo figure a nombre de una empresa, se necesita el CIF de la empresa, el DNI del administrador o apoderado y las escrituras o documento de representación de personas jurídicas.

 

¿Sólo puedo dar de baja definitiva el vehículo?

Existe una alternativa a dar de baja un vehículo de forma definitiva, que es la baja temporal.

Normalmente, se realiza la baja temporal cuando no vas a circular con tu vehículo durante un período de tiempo prolongado, pero vas a volver a utilizarlo porque el coche se encuentra en buen estado.

En este caso deberás darlo de alta de nuevo, ya que durante todo ese tiempo, el coche no podrá circular, estando exento de pagar el impuesto municipal de circulación, seguro a terceros y de pasar las inspecciones técnicas del vehículo periódicas.

En la actualidad se establece un límite máximo de un año para las bajas temporales, estando obligado el propietario del vehículo a solicitar una prórroga para mantener la misma situación, sin darlo de baja definitiva.

Si no solicita la prórroga, se entiende que el vehículo vuelve a la situación anterior a la baja y, por tanto, debe ponerse al día con las obligaciones de seguro en vigor, inspección técnica favorable e impuesto de circulación pagado.

 

¿Hay vehículos exentos de éste trámite?

Si tienes un vehículo de época o histórico, con valor de colección o destinado a un museo, y que no quieras destruir, no tendrás que llevarlo a un centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, sino que deberás dirigirte a cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico o solicitar su baja por registro electrónico.

Deberás entregar la solicitud en impreso oficial relleno, la documentación del vehículo original o la declaración responsable si no dispones de dicha documentación, y la acreditación del valor histórico del automóvil. Estos tramites podremos realizarlos desde la Sede Electrónica de la DGT directamente con nuestro CertificadoElectronico.es

En otros casos si el vehículo tiene algún precinto no será posible tramitar la baja, debiendo previamente actualizar la situación administrativa o legal del vehículo.
Solicitar la baja definitiva de nuestro vehículo es un proceso sencillo que no debe causarte mayor problema. Solamente debes asegurarte de tener la documentación necesaria y acudir al desguace.

Recuerda que si necesitas realizar trámites online para obtener los documentos necesarios o tu coche está acreditado como histórico, puedes contar con CertificadoElectronico.es, ahorrándote tiempo y desplazamientos, obteniendo tu certificado electrónico en unos minutos sin moverte de casa.

 

 

 

Juan Miguel Perea
Asesor jurídico de empresas y Administraciones Públicas. Experto en derecho procesal y administrativo.

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