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Cómo resolver un embargo online

Un embargo es un asunto complicado el cual es deseable resolver cuanto antes. En este artículo te contamos cómo hacerlo online.

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Última revisión

16 Nov, 2023
Muriel Peral Muñoz
Cartel de Cerrado - embargo - CertificadoElectronico.es

Los embargos son una realidad que muchas personas y empresas enfrentan cuando las deudas alcanzan un punto crítico en el que los acreedores o las administraciones públicas buscan recuperar lo adeudado por cualquier medio legalmente disponible.

En este artículo te vamos a contar todo lo relativo a los embargos, incluyendo cómo resolver un embargo con la ley de la segunda oportunidad.

 

Qué es un embargo

Un embargo es una acción legal ordenada por un juez o una autoridad competente, como puede ser la Agencia Tributaria (AEAT) o la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) mediante la cual toman posesión de su salario o bienes para reducir o liquidar la deuda contraída. Recuerda que puedes hacer trámites con tu certificado digital en la AEAT y en cualquier sede electrónica de la administración pública.

Los embargos no se producen de un día para otro y sin previo aviso, y siempre tiene que haber una orden judicial detrás o, como hemos indicado anteriormente, una autoridad competente.

De todos modos, el procedimiento suele ser:

  • Notificación al deudor de la intención de proceder a embargar si no se regulariza la situación en un tiempo determinado.
  • Identificación de los bienes embargables, tales como salarios, cuentas corrientes, propiedades inmobiliarias, vehículos, etc.
  • Si no se llega a un acuerdo o no se salda la deuda en el tiempo concedido en la notificación, se emite una orden de embargo que puede afectar a cualquiera de los bienes embargables que sirva para liquidar la deuda.

 

Tipos de embargo

Tal y como te he hemos indicado en el apartado anterior, las órdenes de embargo se realizan a través de una resolución judicial dictaminada por un juez o directamente desde las administraciones sin procesos judiciales de por medio como los realizados por la AEAT o la TGSS, y siempre bajo la protección de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por la que toda persona que sufra un embargo tiene que ser bajo un máximo que permita que tanto el deudor como su familia puedan tener un mínimo vital.

Dependiendo de la deuda contraída, hay diferentes tipos. Estos son:

  • Embargo de bienes inmuebles: Se refiere a propiedades como casas, apartamentos, terrenos, etc. Esto ocurre a través de un proceso legal que termina con la inscripción del embargo en el Registro de la Propiedad. En ocasiones, los bienes inmuebles se llevan a subastas públicas para que el mejor postor compre tu propiedad embargada.
  • Embargo de bienes materiales, como vehículos, mobiliario y obras de arte, entre otros. Del mismo modo, se realizará una subasta para cubrir la deuda.
  • Embargo de bienes inmateriales, como patentes, marcas comerciales y derechos de autor.
  • Embargo de salarios, sueldos y pensiones, por los que se retiene un importe de tu nómina o pensión, siempre de un máximo establecido por Ley para que la persona embargada perciba un mínimo vital.
  • Embargo de cuentas bancarias, depósitos a plazo, entre otros.
  • Embargo de derechos y valores, siendo estos fondos de inversión, acciones en empresas, etc.
  • Embargo de créditos. En este caso, si el deudor tiene clientes que a su vez le deben dinero, se les notifica a los clientes para que no paguen al deudor, sino directamente a quien emite el embargo, ya sea orden judicial o administraciones públicas.
  • Sobre el patrimonio empresarial o profesional, de elementos asociados a la actividad económica del empresario o autónomo.

 

Cómo resolver un embargo con la Ley de la Segunda Oportunidad

Si estás viviendo una situación en la que las deudas te están asfixiando y no puedes liquidarlas, puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad, creada en el año 2015, y, por la que se examina tu caso ante un juez para determinar si eres merecedor de la llamada “segunda oportunidad” o no.

Esta Ley permite que aquellas personas que se encuentren en situación de insolvencia económica, puedan liberarse de sus deudas. Solicitar la segunda oportunidad es un proceso que puede alargarse durante varios años, por lo que, una vez que comienza, no pueden embargarte ningún bien y puedes solicitar la paralización de los embargos ya tramitados.

El proceso para conseguir la segunda oportunidad es el siguiente:

  • Primero, debes intentar conseguir un acuerdo extrajudicial con los acreedores para reestructurar la deuda y definir un plan de pagos viable con la ayuda de un mediador concursal asignado.
    Si no se alcanza un acuerdo, se procede al concurso de acreedores para satisfacer las deudas en la medida de lo posible.
  • Posteriormente, y si se han quedado deudas pendientes, debes solicitar el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) por el que se requerirá demostración de que has actuado de buena fe intentando acuerdos extrajudiciales.
  • Por último, el juez emite la resolución judicial en la que se establecen los criterios en los que se te aplica la Ley de la Segunda Oportunidad. Por ejemplo, puede ocurrir que se te exonere de deudas con los bancos, pero te obligue a pagar las contraídas con las AEAT que siguen en periodo ejecutivo.

 

Recuerda que estos trámites no los puedes realizar por tu cuenta y necesitas estar adecuadamente informado y asesorado por profesionales.

 

Muriel Peral Muñoz
Periodista y escritora especializada en la administración de empresas.

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