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Cómo solicitar subvenciones para entidades de protección animal con certificado digital

Si eres parte de una entidad de protección animal, te interesa conocer qué subvenciones hay disponibles para apoyar esta labor.

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Última revisión

11 Sep, 2023
Muriel Peral Muñoz
Perros paseando - protección animal - CertificadoElectronico.es

Existen subvenciones para entidades de protección animal que pueden ser de gran ayuda para protectores de animales y otras entidades que colaboran con el bienestar animal. Desde los diferentes Ministerios o desde las propias Comunidades Autónomas, todos los años se convocan subvenciones.

 

En la mayoría de las ocasiones se escapan a nuestro conocimiento al no registrarnos en los portales para que te lleguen las notificaciones o si no colaboramos con empresas especializadas en estos temas para que nos informen, den soporte e incluso presentarlas en nuestro nombre con una autorización con su certificado digital a cambio de un porcentaje a éxito, esto es, si te la conceden.

 

En este artículo vamos a informarte de cómo activar alertas y cómo presentar las que te interesen con tu certificado digital.

 

Características generales de las subvenciones

Las subvenciones son ayudas económicas que las administraciones públicas (europeas, estatales, autonómicas, provinciales o locales) ofrecen tanto a particulares como empresas o entidades sin ánimo de lucro u organizaciones no gubernamentales (ONG).

 

Las bases de cada subvención son distintas; algunas te conceden e ingresan el dinero para posteriormente tener un periodo de justificación; otras te las conceden, tienes un periodo de justificación y si todo está correcto, te ingresan la ayuda. Si valoramos las subvenciones en tiempo desde que solicitas la ayuda hasta que finaliza el proceso de concesión, justificación e ingreso puede transcurrir un año.

 

Es importante que estudies bien las bases, ya que algunas requieren especificaciones que, de no seguirlas, pueden ocasionar que estés incumpliendo la normativa y, por lo tanto, solicitarte la devolución de parte de la ayuda e incluso su totalidad con intereses por el tiempo que te has beneficiado del importe ingresado. Normalmente, existe un periodo de seguimiento desde las administraciones para comprobar que destinas el dinero para el propósito con el que has pedido la ayuda.

 

Todas las subvenciones sean del carácter que sean, comparten requisitos tales como que no podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades que hayan contraído deuda con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria o tengan abierto un expediente sancionador de subvenciones anteriores o haya una sentencia firme para devolver una subvención por incumplimiento. Además, te facilitan plantillas con documentos llamados “anexos” que tienes que rellenar con los datos que te soliciten.

 

Las ayudas pueden tener carácter retroactivo o a futuro. Las primeras son las relacionadas con actividades que ya han sucedido y para ello tienes que presentar facturas que ya han sido pagadas para que te ingresen el dinero. En las segundas te piden una previsión de los costes que vas a soportar para justificar tu necesidad de recibir la ayuda.

También encontramos subvenciones a fondo perdido (no las tienes que devolver nunca a no ser que incumplas las bases) o las que son un préstamo con intereses muy bajos para introducir un flujo económico y liberar de cargas pesadas a las entidades.

 

Otro aspecto importante tiene que ver con las fechas en las que se abren y cierran la presentación de solicitudes y los plazos que te dan para contestar los requerimientos de documentación o aclaración que te hagan. Todas, sin excepción, se tienen que presentar con certificado digital en el Registro General que te indiquen o en una página web creada para la convocatoria y, del mismo modo, recibirás notificaciones al buzón electrónico que te habiliten al generar tu expediente, por lo que el uso del certificado digital es fundamental.

 

Ejemplo: Cómo solicitar una subvención para entidades de protección animal con tu certificado digital

Ya que mencionar las características generales de una subvención puede ser confuso y poco aclaratorio, vamos a sumergirnos en una ayuda real que ofrece el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, “a las entidades de protección animal para el desarrollo de actividades de recogida, custodia y cuidado de animales de compañía, tales como gastos de traslado de animales abandonados, tratamientos veterinarios o mejora de instalaciones”.

 

Tal y como hemos indicado con anterioridad, es necesario que leas con detenimiento, en este caso, la Orden DSA/1045/2021, de 28 de septiembre (B.O.E. de 1 de octubre) en la que se recoge todo lo concerniente a la subvención para saber si cumples con todos los requisitos para optar a la subvención o quedas excluido.

 

Esta subvención en concreto, se destina a “sufragar los gastos que hayan de afrontar las entidades de protección animal en el primer semestre del año 2024 en el ejercicio de su actividad de auxilio y cuidado de animales domésticos y de compañía abandonados, independientemente de su especie, y que estén o hayan estado en custodia de la entidad de protección animal o en colonias felinas controladas”, excluyendo a las personas físicas, Administraciones Públicas y empresas, entre otras e indicándote qué tipo de gastos son subvencionables y cuáles no.

 

A continuación, te indica la fecha de inicio y finalización para presentar la solicitud, así como los documentos que has de acompañar y en qué enlace has de entrar para subir toda la documentación con tu certificado digital.

 

Esta subvención, como muchas otras, te aclara los criterios de valoración que siguen a través de puntos para determinar si tu solicitud se merece la subvención y qué importe.
Posteriormente, la Comisión de Valoración elevará al órgano instructor el correspondiente informe de valoración de las solicitudes admitidas tras el proceso de revisión administrativa para ingresar en el número de cuenta corriente que hayas facilitado junto con la solicitud el importe concedido.

 

Una vez que el dinero está en la cuenta corriente, dispones, en este caso, de tres meses como máximo para demostrar, mediante facturas y justificantes de pago entre otros muchos documentos, que el dinero recibido ha sido destinado a lo que habías indicado en la solicitud y, por lo tanto, no estás incurriendo en ninguna ilegalidad.

 

Alertas para convocatorias de las subvenciones

Molesta tanto cuando encuentras una subvención de la que te podrías haber beneficiado porque cumples con todos los requisitos y que no la hayas solicitado porque te has enterado después de que hubiesen cerrado el plazo, que aconsejamos activar las alarmas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas que ofrece el Gobierno de España en su página oficial.

 

Ahí puedes filtrar en qué subvenciones estás interesado para limitar las alertas a recibir o, por el contrario, no limitar las alertas para recibir todas las que puedan interesar y ser tú mismo quien hacer tu propio filtro.

No olvides que además de activar las alarmas, CertificadoElectronico.es te facilitará la vida y las subvenciones.

Muriel Peral Muñoz
Periodista y escritora especializada en la administración de empresas.

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