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¿Cómo saber si tengo que hacer la Declaración de la Renta 2022?

¿El próximo año tendré que hacer la Declaración de la Renta? Si te has hecho esta pregunta, en este artículo vamos a darte las claves para saberlo. ¡Empezamos!

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Última revisión

8 Sep, 2022
Rocío Villaescusa
Persona escribiendo - Cómo saber si tengo que hacer la Declaración de la Renta - CertificadoElectronico.es

¿Es obligatorio hacer la Declaración de la Renta? Depende de tus circunstancias como contribuyente. En este artículo te ayudaremos a descubrir si estás obligado o no a presentar la Declaración de la Renta el próximo año. Repasaremos los factores decisivos para determinar cuál es tu caso. ¡Empezamos!

 

¿Cuál es la fuente de la procede lo que vas a declarar en la Declaración de la Renta?

Lo primero que hay que determinar es cuál es la procedencia de los ingresos que que vas a presentar en la Renta. Los orígenes de esos ingresos pueden ser:

  • Rendimientos del trabajo. Son las remuneraciones que provienen de forma directa o indirecta de la relación laboral entre el contribuyente y una empresa o entidad. La clave para saber si una remuneración económica se incluye o no, es ésta es resultado de un contrato de trabajo. Se incluyen tanto el salario como los complementos salariales.
    Además de los salarios, hay otros tipo de remuneraciones que también se incluyen subsidios por desempleo, prestaciones recibidas de un ERTE, Ingreso Mínimo Vital, remuneraciones por gastos de representación, dietas para gastos de viaje, contribuciones a planes de pensiones y cantidades satisfechas por un empresario para afrontar pensiones a personas vinculadas a prestaciones.
  • Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Por una parte, el capital mobiliario incluye depósitos y cuentas bancarias, dividendos de acciones, rentas fijas, seguros de vida o invalidez y productos estructurados.
    Por otra, los rendimientos de capital inmobiliario son los ingresos generados a raíz de los bienes inmuebles (urbanos o rústicos) que se tengan en propiedad. Es necesario declarar sus rendimientos si efectivamente están dando un rendimiento económico, por ejemplo a través de un alquiler.
  • Ganancias patrimoniales. Una ganancia patrimonial, por ejemplo por la venta de una vivienda, se debe declarar con un IRPF del 19% hasta los 6.000 euros, del 21% entre 6.00 y 50.000 euros, y del 23% para más de 50.000 euros.
  • Rendimientos de letras del tesoro. Respecto al rendimiento que se genere entre la compra y la venta de Letras del Tesoro. Se grava al 19% hasta los 6.000 euros, al 21% entre los 6.000 y los 50.000 euros, y al 23% a partir de los 50.000 euros.
  • Subvenciones. Según la naturaleza de la subvención, tiene que presentarse como ganancia patrimonial o como rendimiento de trabajo.
    Se calificarán como ganancia patrimonial las subvenciones cuando la obtención está ligada a un elemento patrimonial no relacionados con una actividad económica (por ejemplo, subvenciones por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual o ayudas por adquisición de vehículos sostenibles).
    Por otra parte, se califican como ganancia patrimonial las ayudas y subvenciones no ligadas a elementos patrimoniales y no se relacionan con una actividad económica, como los bonos culturales o las ayudas a la conservación del Patrimonio Histórico.

Finalmente, las subvenciones que se contabilizan como rendimiento del trabajo en la Declaración de la Renta son: pensiones por jubilación, incapacidad, accidente o viudedad; becas exentas de IRPF, prestaciones por desempleo, ayuda al transporte escolar o becas comedor, cheques de guardería que ofrecen algunas comunidades autónomas.

 

¿Cuál es el importe que vas a presentar al hacer la Declaración de la Renta?

Otro aspecto fundamental para determinar si es necesario que presentes la Declaración de la Renta es el importe de la Renta que vas a declarar.
No es necesario que presentes la Declaración de la Renta si has cobrado menos de 22.000 euros anuales, teniendo en cuenta las condiciones que hemos comentado en el apartado anterior.

 

Por ejemplo, si tus ingresos son inferiores a 22.000 euros anuales y has recibido alguna subvención o ayuda que debas declarar, tienes que presentar la Declaración de la Renta aunque no llegues a esa cifra mínima.

 

Otro caso en el que estás obligado a presentar la Declaración de la Renta aunque no alcances esa cuantía anual, es si has tenido más de un pagador. Es el caso de los trabajadores que han sido afectados por un ERTE durante la pandemia, ya que han tenido dos pagadores durante ese periodo: su empresa y el Estado.

 

Si tienes más de un pagador, pero no has sido afectado por un ERTE, el límite de cuantía anual por la que estás obligado a presentar la Declaración desciende a los 14.000 euros siempre y cuando el importe recibido por el segundo pagador supera los 1.500 euros. Por ejemplo, si tienes tu nómina de 12.000 euros al año, y has cobrado de un segundo pagador 1.000 a lo largo del año, no estarías obligado a presentar la Declaración de la Renta.

 

Breve aclaración sobre lo que se considera «pagador»

En España, se considera un «pagador» a cualquier entidad o persona que haya proporcionado ingresos sujetos a retención fiscal a un contribuyente durante el año fiscal. Estos ingresos pueden incluir salarios, pensiones, alquileres, intereses bancarios, dividendos, entre otros.

 

La identificación de los pagadores es esencial al hacer la Declaración de la Renta, ya que permite a los contribuyentes reportar sus ingresos y las retenciones efectuadas por cada pagador. Esto es fundamental para calcular el monto final de impuestos a pagar o el reembolso a recibir, garantizando así el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.

 

Pero, si por otra parte, te has beneficiado del alquiler de una vivienda de tu propiedad, has vendido acciones o has recibido una subvención de las mencionadas anteriormente, sí estarías obligado a presentar la Declaración.

 

Si a través de este artículo has descubierto que tendrás que hacer la Declaración de la Renta el próximo año y necesitas tu certificado digital para poder hacer este trámite online, ¡puedes contar con CertificadoElectronico.es!

Rocío Villaescusa
Experta en contenidos y comunicación digital. Especialista en identidad digital y trámites de la Administración Pública.

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