¿Es obligatorio hacer la Declaración de la Renta? Depende de tus circunstancias como contribuyente. En este artículo te ayudaremos a descubrir si estás obligado o no a presentar la Declaración de la Renta el próximo año. Repasaremos los factores decisivos para determinar cuál es tu caso. ¡Empezamos!
¿Cuál es la fuente de la procede lo que vas a declarar en la Declaración de la Renta?
Lo primero que hay que determinar es cuál es la procedencia de los ingresos que que vas a presentar en la Renta. Los orígenes de esos ingresos pueden ser:
- Rendimientos del trabajo. Son las remuneraciones que provienen de forma directa o indirecta de la relación laboral entre el contribuyente y una empresa o entidad. La clave para saber si una remuneración económica se incluye o no, es ésta es resultado de un contrato de trabajo. Se incluyen tanto el salario como los complementos salariales.
Además de los salarios, hay otros tipo de remuneraciones que también se incluyen subsidios por desempleo, prestaciones recibidas de un ERTE, Ingreso Mínimo Vital, remuneraciones por gastos de representación, dietas para gastos de viaje, contribuciones a planes de pensiones y cantidades satisfechas por un empresario para afrontar pensiones a personas vinculadas a prestaciones. - Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Por una parte, el capital mobiliario incluye depósitos y cuentas bancarias, dividendos de acciones, rentas fijas, seguros de vida o invalidez y productos estructurados.
Por otra, los rendimientos de capital inmobiliario son los ingresos generados a raíz de los bienes inmuebles (urbanos o rústicos) que se tengan en propiedad. Es necesario declarar sus rendimientos si efectivamente están dando un rendimiento económico, por ejemplo a través de un alquiler. - Ganancias patrimoniales. Una ganancia patrimonial, por ejemplo por la venta de una vivienda, se debe declarar con un IRPF del 19% hasta los 6.000 euros, del 21% entre 6.00 y 50.000 euros, y del 23% para más de 50.000 euros.
- Rendimientos de letras del tesoro. Respecto al rendimiento que se genere entre la compra y la venta de Letras del Tesoro. Se grava al 19% hasta los 6.000 euros, al 21% entre los 6.000 y los 50.000 euros, y al 23% a partir de los 50.000 euros.
- Subvenciones. Según la naturaleza de la subvención, tiene que presentarse como ganancia patrimonial o como rendimiento de trabajo.
Se calificarán como ganancia patrimonial las subvenciones cuando la obtención está ligada a un elemento patrimonial no relacionados con una actividad económica (por ejemplo, subvenciones por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual o ayudas por adquisición de vehículos sostenibles).
Por otra parte, se califican como ganancia patrimonial las ayudas y subvenciones no ligadas a elementos patrimoniales y no se relacionan con una actividad económica, como los bonos culturales o las ayudas a la conservación del Patrimonio Histórico.
Finalmente, las subvenciones que se contabilizan como rendimiento del trabajo en la Declaración de la Renta son: pensiones por jubilación, incapacidad, accidente o viudedad; becas exentas de IRPF, prestaciones por desempleo, ayuda al transporte escolar o becas comedor, cheques de guardería que ofrecen algunas comunidades autónomas.
Guía Paso a Paso para hacer la Declaración de la Renta con certificado digital
El proceso para utilizar su certificado digital en la plataforma Renta WEB es rápido y le otorga el máximo control sobre su expediente.
Paso 1: Verifique su Certificado e Instálelo
Antes de comenzar, asegúrese de que su certificado electrónico esté vigente y correctamente instalado en su navegador. Si ha caducado, debe renovarlo antes de iniciar el trámite.
Paso 2: Acceda a Renta WEB
Diríjase a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT) y acceda al portal de la Campaña de Renta.
- Seleccione la opción «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)».
- El sistema le pedirá identificarse. Elija la opción «Certificado o DNI electrónico». Su navegador le solicitará seleccionar el certificado.
- Una vez identificado, accederá a su expediente. Seleccione si actúa «En nombre propio» o «Como representante» (si presenta la declaración de un tercero).
Paso 3: Obtención y Revisión del Borrador
Dentro de su expediente, pulse «Borrador/Declaración (Renta WEB)». La aplicación cargará automáticamente sus datos fiscales.
- Verifique sus datos personales y fiscales: Revise minuciosamente todos los datos precargados, especialmente los ingresos por trabajo, rendimientos de capital, inmuebles y las deducciones autonómicas o estatales a las que tenga derecho (por ejemplo, deducción por maternidad, alquiler, compra de vivienda habitual, etc.).
Importante: La AEAT no siempre tiene conocimiento de todas las circunstancias personales (cambios en el estado civil, nacimientos, alquileres no declarados por el arrendador, etc.). La responsabilidad de que la declaración sea correcta es siempre del contribuyente.
Paso 4: Realice las Modificaciones Necesarias
La plataforma le permitirá navegar por las distintas secciones de la declaración para modificar o añadir cualquier dato.
Declaración Conjunta o Individual: Si está casado/a, el sistema le ofrecerá la posibilidad de calcular las modalidades de declaración individual y conjunta (si corresponde). Si opta por la declaración conjunta, en ocasiones será necesario que su cónyuge autorice la consulta de sus datos fiscales, lo que se puede realizar en el momento con su propio certificado, Cl@ve o número de referencia.
Simulación: Puede obtener una «Vista previa» en PDF para verificar el resultado final antes de presentar.
Paso 5: Elija el Método de Pago y Presente
Una vez que el resultado de la declaración es correcto, el proceso de presentación es el siguiente:
- Pulse «Presentar declaración».
- Si la declaración es «A devolver» (le tienen que pagar), solo necesitará confirmar el IBAN de su cuenta bancaria.
- Si la declaración es «A ingresar» (tiene que pagar), tendrá varias opciones:
- Domiciliación bancaria: Se cargará el importe en la cuenta que indique en la fecha de vencimiento (recuerde el plazo límite del 25 de junio). Puede fraccionar el pago en dos plazos.
- Pago electrónico: Puede obtener un NRC (Número de Referencia Completo) pagando directamente con cargo en cuenta o con tarjeta a través de la pasarela de pago, o usar Bizum.
- NRC ya obtenido: Si ya realizó el pago en su banco, simplemente introduzca el NRC que le facilitaron.
- Confirme, firme y envíe.
Paso 6: Guarde su Justificante
Tras la presentación, el sistema le generará un justificante de presentación con un CSV (Código Seguro de Verificación) y la fecha de la operación. Descargue y guarde este documento. Este es el comprobante legal de que ha cumplido con sus obligaciones fiscales. Puede consultar el estado de su declaración en el apartado «Historia del Expediente» de Renta WEB.
Si a través de este artículo has descubierto que tendrás que hacer la Declaración de la Renta el próximo año y necesitas tu certificado digital para poder hacer este trámite online, ¡puedes contar con CertificadoElectronico.es!



