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Los gastos que se pueden deducir los inquilinos de una vivienda

Como inquilino, pueden conseguir algunas ventajas fiscales. En este artículo te contamos cuáles son en cada comunidad autónoma.

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Última revisión

3 Oct, 2024
Nathalia Marín Palomino
Vivienda- inquilino - CertificadoElectronico.es

Como inquilino, puedes deducir algunos gastos. ¿Crees que por vivir en una casa o piso que no es propio siendo inquilino, no tienes derecho a beneficios fiscales? Pues sí los tienes, puedes deducirte algunos gastos de la renta. Te contamos cuáles.

 

Suele haber el mito de que por ser inquilino y vivir en un lugar que no es tuyo, no tienes acceso a beneficios, oportunidades o bonificaciones con Hacienda en lo que se refiere a reducirse un poco los costos de vivienda en la Renta.

 

No es cierto, tienes ciertas ventajas, y porque el piso o vivienda no sea tuyo, no significa que no puedas tener beneficios.

 

Por ejemplo, los contratos de alquiler celebrados antes del 1 de enero de 2015, pueden deducirse hasta el 10,05% de lo pagado si la base imponible es inferior a 24.107,20 € anuales, sin diferencia entre tributación individual o conjunta.

 

Por otro lado, si eres un inquilino autónomo, y utilizas el inmueble como vivienda habitual y también como lugar de trabajo, puedes deducirte el importe de la renta que corresponde a la parte de la vivienda en la que ejerces tu actividad, con un máximo del 30%.

Es decir, si la vivienda tiene 90 metros cuadrados y trabajas en un despacho de 10 metros cuadrados, el autónomo se puede deducir el 30% de lo que paga por esos 10 metros cuadrados.

 

Aunque para esto, antes de hacer la deducción Hacienda debe comprobar que el autónomo trabaja desde ese domicilio, que el contrato esté a su nombre, y que el contrato no prohíbe en ningún caso el uso de la vivienda para ejercer una actividad económica.

 

Aunque, respecto a la parte de la renta que se paga por los metros del inmueble que se dedican a la actividad profesional, hay que pagar IVA y aplicar retención de IRPF, así el arrendador no pierde la reducción del 60% por destinar su inmueble alquilado a vivienda habitual del inquilino. Por lo que es recomendable celebrar dos contratos de alquiler sobre el mismo espacio, uno para vivienda y otro para el lugar de trabajo.

 

Estos y otras reducciones más -dependiendo de la comunidad autónoma donde residas- son los gastos que te puedes deducir inquilino en una vivienda habitual. En este artículo te contamos el resto, ¡sigue leyendo!

 

Cuáles son los gastos deducibles para los inquilinos según la Comunidad Autónoma

Andalucía

Menores de 35 años pueden deducirse un 15% del alquiler hasta un máximo de 500€, si la base liquidable general y del ahorro no superan los 19.000€ en tributación individual o los 24.000 € en tributación conjunta.

 

Aragón

Quienes vivan de alquiler tras haber efectuado una dación en pago, o tengan un contrato de alquiler con opción a compra, se pueden deducir un 10% sobre un máximo de 4.800€, si la suma de la base imponible general y del ahorro no supere los 15.000€ en tributación individual ni los 25.000 € en conjunta.

 

Asturias

La deducción general es de un 10% de lo pagado con un máximo de 455€ al año, ampliable hasta el 15% con un límite de 606€ anuales, si la vivienda está en un medio rural con menos de 3.000 habitantes. La base liquidable general y del ahorro no puede superar los 25.009€ en tributación individual, ni los 32.240€ en conjunta.

 

Baleares

Los menores de 35 años, personas con una discapacidad física igual o superior al 65%, o sensorial igual superior al 33%, y las familias numerosas, pueden deducirse un 15% del alquiler con un tope máximo anual de 400€. El tope de la suma de la base imponible general y del ahorro es de 20.000€ en tributación individual y 34.000€ en conjunta.

 

También existen desgravaciones para quienes tengan que alquilar vivienda en la isla por haberse desplazado allí por motivos laborales: hasta el 15% con un máximo de 400€, si la suma de la base imponible general y del ahorro no supera los 30.000€ en tributación individual ni los 48.000€ en tributación conjunta.

 

Canarias

Se puede deducir un 20% de lo pagado de alquiler hasta un máximo de 600€. Los topes son 20.000€ en tributación individual y 30.000€ en conjunta.

 

Cantabria

Menores de 35 años, mayores de 65 años, y personas con una discapacidad física superior al 65%, se pueden deducir un 10% con un límite total de 300€ en tributación individual y 600€ en conjunta. La suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 22.946€ en tributación individual ni los 31.485€ en conjunta.

 

Castilla-La Mancha

Sólo los menores de 26 años pueden tener deducciones aplicables: un 15% del alquiler con un tope anual de 450€ si la suma de la base imponible general y del ahorro, menos el mínimo por descendientes, no es superior a 12.500€ en tributación individual ni a 25.000€ en tributación conjunta.

Además, pueden haber deducciones específicas aplicables cuando se alquila una vivienda en poblaciones de tamaño reducido.

 

Castilla y León

Para los menores de 36 años hay deducciones del 20% del alquiler hasta un máximo de 459€ al año; si la suma de la base imponible general y del ahorro, menos el mínimo personal y familiar, no supera los 18.900€ en tributación individual ni los 31.500€ en tributación conjunta.

 

Cataluña

Menores de 33 años, viudos de más de 65 años, personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, y quienes hayan estado en paro más de 183 días, se pueden deducir un 10% del alquiler con un máximo de 300€ al año, o 600€ si se trata de una familia numerosa. La base imponible, descontado el mínimo personal y familiar, no puede superar los 20.000€. Para las familias numerosas el tope es de 30.000€.

 

Extremadura

Menores de 36 años, familias numerosas y personas con una discapacidad igual o superior al 65% se pueden deducir un 5% del alquiler hasta un total de 300€; y si vive en medios rurales puede deducirse un 10% hasta un máximo de 400€. La base imponible son 19.000€ en tributación individual y 24.000€ en la conjunta.

 

Galicia

Los menores de 35 años se pueden deducir el 10% de lo pagado de alquiler hasta un máximo de 200€. Las familias con dos o más hijos menores de edad pueden deducirse hasta el 20%, con un límite de 600€ al año; y las personas con discapacidad igual o superior al 33%, ambas cantidades se duplican. En el caso de ésto último, la base imponible general y del ahorro no pueden superar los 20.000€.

 

Comunidad de Madrid

Los menores de 35 años, y quienes tengan entre 35 y 40 años si han estado un mínimo de 183 días en paro y tienen cargas familiares, se pueden deducir un 30% del alquiler hasta un máximo de 1.000€ al año. La suma de la base imponible general y del ahorro no podrá ser superior a 25.620 € en individual y 36.200 € en tributación conjunta.

 

Navarra

Quienes residen en una vivienda de alquiler se pueden deducir el 15% de lo pagado hasta un máximo de 1.200€ al año. La base imponible tiene un límite de 30.000€ en tributación individual y 60.000€ en conjunta.

 

País Vasco

Los menores de 35 años y familias numerosas pueden deducirse un 20% hasta un límite de 1.600€ y del 25% con un máximo de 2.000€.

 

La Rioja

Los menores de 36 años pueden reducirse un 10% de lo pagado con un tope máximo de 300€. Si se reside en un pequeño municipio, se puede ampliar hasta el 20% con un máximo de 400€.
La base imponible no puede superar los 18.030€ en tributación individual ni los 30.050€ en conjunta.

 

Comunidad Valenciana

La deducción general es de un 15% con un máximo anual de 550€. Aunque, los menores de 35 años, los mayores de 65 años y personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, o psíquica del 33% o superior, se pueden deducir un 20% hasta 700€ al año. Si se combinan los factores de edad y discapacidad, es ampliable hasta el 25% del alquiler con un máximo de 850€ anuales.

 

Como puedes ver, los gastos que se pueden deducir los inquilinos depende de la comunidad autónoma en la que se reside, del nivel de ingresos y de ciertas condiciones personales.

 

Esperamos que esta información te haya sido útil y, si resides en una vivienda de alquiler o vas a residir en una, escoge bien la comunidad autónoma donde vivirás.

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Nathalia Marín Palomino
Comunicadora social y periodista, máster en Investigación en Medios de Comunicación y Audiencias. Especialista en redacción y creación de contenido, principalmente sobre trámites de la Administración Pública.

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