¡Te ha tocado un premio! ¡Enhorabuena! La alegría inmediata cuando te toca un premio a veces tiene los minutos contados hasta que piensas: ¿Cuánto se lleva Hacienda? Dependiendo del sorteo, premio o concurso en el que hayas ganado, Hacienda siempre gana contigo. Sigue con nosotros y te lo contamos.
Loterías del Estado, concursos televisivos y otros premios
La Agencia Tributaria siempre va a recaudar una parte, nada desdeñable, de los premios que hayas ganado. Si te ha tocado la lotería o has participado en algún concurso de la televisión o incluso de radio, con la buena fortuna de haber ganado el codiciado premio, sabrás que todo no va a tu bolsillo, puesto que hacienda se va a encargar de, o bien de retenerte una cantidad antes de su cobro o bien va a gravar esa ganancia cuando te veas obligado a hacer tu declaración anual de la renta.
También será diferente el “pellizco” que se lleva hacienda si nuestro premio es en metálico o bien en especie.
Otros factores que obviamente serán determinantes para que tengamos que pagar o no por haber sido tocados por la varita de la suerte, dependerá de la cuantía del premio, del resto de nuestros ingresos y, por otro lado, dependerá de la comunidad autónoma en la que residamos.
Veamos los distintos supuestos.
Si hemos ganado premios otorgados por Loterías y apuestas del Estado
Hoy día, son numerosos las distintas modalidades que se registran bajo Loterías y Apuestas del Estado.
La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), es una sociedad que depende de la Dirección General del Patrimonio del Estado, que, a su vez, está adscrita al Ministerio de Hacienda, y es a esta Sociedad a quien corresponde la gestión exclusiva de estos juegos de titularidad estatal. Solo en 2020, el Estado recaudó un total de 7.687 millones de euros procedentes de estos sorteos.
Estos juegos son por todos conocidos y, además del esperado Sorteo de Navidad de la Lotería Nacional, tenemos donde elegir de entre La Primitiva, El Euro Millones, La Bonoloto, El Gordo de la Primitiva, La Quiniela, el Lototurf, el Quinigol, y el Quintupleplus, y todos ellos tributaran de la siguiente forma:
En todos los casos, el importe que se retendrá será el 20% del importe de cada premio.
- Si el importe del premio es igual o inferior a 40.000 euros: Exentos de Retención si el sorteo se ha celebrado a partir del 1 de enero de 2020.
- Premios superiores a 40.000 €: Sí, estarán sujetos a retención. En este caso, la SELAE nos advierte de que un billete o un décimo de Lotería Nacional puede contener más de un premio, por lo que la retención sólo se aplicará a aquellos premios que excedan de esta cantidad, de modo que todos los premios que no excedan esta cantidad por décimo o apuesta están libres de impuesto. Es decir, si ganas un premio de 50.000 euros, solo pagarás el 20% de 10.000 €, pues los primeros 40.000 euros estarán exentos de esta retención.
- En el caso de El Millón (juego asociado a Euromillones), la exención se rebaja a cuando el premio es igual o inferior a 24.000€.
Premios de sorteos organizados por la Once, la Cruz roja y otras loterías autonómicas
En estos casos, el premio recibió tributará de la misma forma que si fuesen alguno de los recibidos por juegos del Estado, esto es, el 20% sobre las cuantías no exentas se lo lleva Hacienda antes de que tú lo veas; la entidad que haya organizado el sorteo, ingresará a Hacienda esa cantidad retenida en tu nombre, por así decirlo, y cuando sea tu turno para presentar tu IRPF del año, la Agencia Tributaria ya se encargará de verificar que dichas 20% se quedó ingresado en sus arcas.
Lo que en común tienen los premios obtenidos tanto los derivados de sorteos en uno y otro supuesto de los nombrados hasta ahora, es que con la tributación por el gravamen especial sobre los premios se excluye su integración en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Esto es, si los ingresos totales por los que debes declarar en renta, derivados del trabajo y otros, asciende a 20.000 euros, y en la lotería has ganado 200.000 euros ya descontados el 20% de retención, en tu Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, solo tendrás que tributar por los 20.000 euros primeros.
Los premios que se obtienen en concursos de televisión o radio
Los concursos de la tele son un reclamo muy atractivo para muchos aficionados a este tipo de retos; en nuestra programación, concursos tan seguidos y veteranos como “Pasapalabra”, “Saber y Ganar”, o “Quién Quiere ser Millonario” ha mantenido a miles de televidentes pegados a la pantalla hasta que algún afortunado se ha hecho con el bote ganador.
A diferencia de los anteriores premios de loterías y apuestas, a los premios ganados en concursos de la televisión, la Agencia Tributaria los va a considerar como una ganancia patrimonial que tributa en el IRPF, y su cuantía sí se va a sumar al resto de los ingresos del concursante agraciado, así que a mayor premio, mayor recaudación para el Estado, puede ser, que incluso le toque pagar una suma considerable.
Vivas dónde vivas y sea la cantidad que sea, cuando se gana un concurso de televisión en metálico, se produce una retención que va desde el 19 y el 26%,que Hacienda no va a esperar que el contribuyente ingrese, sino que el pagador ya es obligado a realizar dicha retención e ingresarla a favor del tesoro público.
Premios en especie: ¿Cuánto se paga por ellos?
Pero ahora nos encontramos con otro supuesto: eres adicto a “La Ruleta de la Suerte” te presentas al concurso, eres elegido y ganas: ganas un flamante coche. Estaríamos en el caso de un premio en especie.
Pues a pesar de contar con vehículo a estrenar en la familia, te diremos que las diferencias con haber ganado un décimo de lotería, al menos en lo que a recaudación tributaria se refiere, no van a ser muchas.
En este caso, se cuantifica el valor del premio en especie y tributará como una ganancia patrimonial de la misma forma que si fuese un pago en metálico, y soportarán sobre su importe una retención del 21%.
Otros premios
Si se trata de haber ganado una rifa, premios obtenidos en un casino, bingo u otro tipo de concursos, todo lo que no exceda de 300 euros, estará exento de retención, aunque sí seguirá teniendo la consideración de ganancia patrimonial a efectos del IRPF, y el exceso sobre los 300 euros seguirá soportando una retención del 19%.
Situación anterior a efectos tributarios
No es hasta que aparece la Ley 16/2012, cuando se someten a tributación, a través de un «gravamen especial», los premios de Loterías y Apuestas del Estado y de las Comunidades Autónomas, así como a los de los sorteos de la Cruz Roja y de los organizados por la ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles) y entra en vigor desde el año 2013.
Hasta entonces, todo lo que se ganaba derivado de los juegos de azar estaba exento de tributar, al menos en ese año no había que pagar nada a Hacienda. Pero el golpe de gracia fiscal venía al año siguiente en el que sí que habría que declarar las ganancias que se habían generado por ese dinero.
Si bien el panorama actual es algo distinto, lo que no ha cambiado es que Hacienda siempre gana, así que: “Señores, hagan juego.”