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Notarios: Actos notariales que puedes realizar online con tu certificado digital

Actos notariales online: descubre qué documentos y contratos puedes firmar con tu certificado digital por videoconferencia sin ir a la notaría.

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Última revisión

30 Mar, 2026
Rocío Villaescusa
Notario - actos notariales - CertificadoElectronico.es

¿Qué actos notariales se pueden hacer online? La Ley 11/2023, de 8 de mayo, reguladora de la accesibilidad digital de productos y servicios, vino a trasponer la Directiva UE 2019/882 sobre digitalización y modificó la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1962, con el fin de habilitar la intervención telemática del Notario, dando lugar a la notaría digital.

Con tu certificado digital puedes realizar ciertos actos y contratos con la intervención de un notario, sin desplazamientos, de forma telemática y cómodamente desde tu domicilio, con la firma digital teniendo la misma validez que la firma manuscrita en papel.

La ley regula los documentos que un notario puede autorizar mediante videoconferencia, en los casos tasados.

 

¿Qué actos notariales se pueden otorgar online?

A tenor del artículo 17 ter de la Ley del Notariado, los actos jurídicos que se pueden otorgar online ante notario en España son los siguientes:

  • Pólizas mercantiles. Pueden firmarse por videconferencia: contratos mercantiles intervenidos notarialmente, entre otros, préstamos personales, líneas de crédito, avales, pignoraciones, operaciones de importación y exportación, factoring, confirming, renting, leasing y las pólizas bancarias.
    Excepción: Los préstamos o créditos con garantía hipotecaria deben seguir firmándose de forma presencial en la oficina notarial.
  • Constituir sociedades y actos societarios mercantiles. Online puedes crear una sociedad de responsabilidad limitada (SL), así como nombrar o cesar a los administradores. Además, se pueden otorgar apoderamientos mercantiles de empresas y cualquier otro acto societario, como escrituras de aumentos o reducciones de capital, de modificación de estatutos, de cambios de domicilio social, cambios de administrador, modificación de objeto social y otros.

Excepción: Para constituir sociedades o realizar ampliaciones de capital con aportaciones no dinerarias (aportando bienes inmuebles, bienes muebles, criptomonedas u otros activos), la firma ha de ser presencial. Por tanto, para        que sea válida la firma digital, las aportaciones de los socios al capital social deben ser aportaciones dinerarias.

  • Poderes. Entre los poderes que se pueden otorgar online se encuentran los poderes de representación procesal (“poderes para pleitos”), que se otorgan a favor de procuradores y abogados para su representación y defensa en tribunales; los poderes para realizar trámites ante las administraciones públicas; y otros poderes para actos concretos. Los poderes anteriores están delimitados a un ámbito específico; se trata de poderes especiales.

Excepción: Los poderes generales no pueden otorgarse online mediante videoconferencia, dado que dan amplísimas facultades al apoderado.

Tampoco pueden otorgarse mediante videoconferencia los poderes preventivos, que son los que se otorgan para que surtan efecto en caso de futura incapacidad del poderdante en previsión de la vejez o enfermedad. Ambos poderes deben firmarse de forma presencial.

  • Revocar poderes. La revocación o anulación de un poder se puede realizar online.
    Excepción: La revocación de poderes generales y preventivos debe hacerse de forma presencial.
  • Cancelaciones de garantías y cartas de pago.
  • Actas notariales de juntas y de manifestación. El Acta de una junta general de socios puede ser levantada por el notario mediante videoconferencia. Lo mismo ocurre con las actas notariales de manifestación, donde una persona comparece ante un notario para declarar o manifestar ciertos hechos o circunstancias.
  • Testimonios de legitimación de firmas. El notario certifica que una firma manuscrita ha sido puesta en su presencia y que corresponde a determinada persona.
  • Testamentos abiertos en epidemia. Nació tras la pandemia del COVID-19, durante la cual y debido al confinamiento, era difícil hacer testamento ante notario.
  • Declaraciones de obra nueva y división horizontal (sin extinción de condominio). Se pueden autorizar online algunas escrituras notariales como las declaraciones de obra nueva: por las que se hace constar en escritura la construcción de un edificio o vivienda que antes no constaba registralmente, siempre que no conlleven extinguir un condominio ni adjudicar propiedad.En cuanto a las divisiones horizontales, el notario puede autorizar por videoconferencia la escritura que declare una edificación nueva o que divida un inmueble en pisos, siempre que no implique repartir la propiedad entre copropietarios en ese acto.
  • Conciliación notarial. Algunos actos de conciliación ante notario pueden celebrarse por videoconferencia.
    En la conciliación notarial, el notario actúa como facilitador para que dos partes lleguen a un acuerdo extrajudicial.

 

Hoy hemos visto los actos notariales que puedes celebrar por videoconferencia, si este artículo te ha resultado útil, puedes consultar este blog en los próximos días, donde te contamos la forma de hacerlo con tu firma digital. Recuerda que, con tu certificado digital, puedes hacer numerosos trámites evitando esperas y desplazamientos.

 

 

Rocío Villaescusa
Experta en contenidos y comunicación digital. Especialista en identidad digital y trámites de la Administración Pública.

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