¿Se puede pedir el anticipo de la nómina? Si eres trabajador por cuenta ajena, debes saber que uno de los derechos de los trabajadores es el de cobrar parte del salario ya devengado antes de la fecha habitual de pago. El derecho a percibir un anticipo de tu sueldo está regulado en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores (ET).
Este precepto establece que la liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos por las partes, o conforme a los usos y costumbres, y que el periodo de tiempo al que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes. Además, previene que el trabajador o su representante legal tenga derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.
¿Cuánto puedes solicitar de anticipo?
En general, puede llegar al 90% del salario ya devengado. Cuantos más días hayas trabajado en el mes, mayor anticipo de nómina podrás solicitar. Por ejemplo, si tu sueldo es de 2.400 euros al mes y has trabajado 15 días, tienes derecho a solicitar un anticipo de 1.200 euros de tu nómina, percibiendo los restantes 1.200 euros en la fecha habitual de pago de nómina.
Por otra parte, es fundamental que leas el Convenio Colectivo que te es aplicable, así como tener en cuenta la política de tu empresa en concreto, ya que hay diferencias entre unas empresas y otras.
Aunque no es un derecho reconocido a los trabajadores, es posible solicitar anticipos de salarios futuros e incluso de pagas extras. En estos casos dependerá de la política de empresa y del Convenio Colectivo del sector que sea aplicable.
Si estás pensando en solicitar uno, normalmente tendrás que dirigirte formalmente por escrito al área de recursos humanos de tu empresa. No es necesario que justifiques el motivo. Debes quedarte con el justificante de la solicitud para acreditar día, hora e importe que solicitas como anticipo de la nómina.
La empresa suele tardar entre uno y dos días en aprobar y abonar el anticipo, aunque a veces puede retrasarse, por lo que es importante que los datos incluidos en la solicitud de anticipo sean correctos y que lo hagas con la suficiente antelación.
¿Puede negarse tu empresa a darte un anticipo del sueldo por el trabajo realizado?
La respuesta es No.
Como hemos dicho, se trata de un derecho del trabajador, por lo que la empresa está obligada a adelantarte la parte proporcional de tu sueldo por el tiempo trabajado en el mes. Por el contrario, la empresa no está obligada a darte anticipos sobre sueldos no devengados, que son aquellos sobre el trabajo que vas a realizar en el futuro, y tampoco pagas extras:
- Anticipo sobre trabajo futuro. No es un derecho general, solo será posible si lo establece el Convenio regulador o un acuerdo con la empresa. Se suele aprobar en casos excepcionales, como emergencias médicas, familiares o hospitalización.
- Anticipo de pagas extras. No es un derecho del trabajador. Si no lo establece el Convenio regulador, la empresa no está obligada a concederlo.
¿Puedes pedir un anticipo si te encuentras de baja laboral?
Si te encuentras en situación de incapacidad temporal (IT), realmente no estás devengando un salario, ya que estás percibiendo una prestación económica gestionada por tu mutua o, en su caso, la Seguridad Social. Por ello, no tienes derecho a solicitarlo, al no estar generando salario por días trabajados como tal.
De todas formas, es importante que revises tu Convenio Colectivo, ya que algunos sí establecen esta posibilidad en situaciones de baja laboral. En estas situaciones de baja laboral, quizás te interese saber que suele gestionarse un pago delegado de la Seguridad Social, no así un anticipo de nómina.
No es lo mismo un anticipo de nómina que un préstamo de empresa
Debe distinguirse entre un anticipo de nómina y un préstamo de empresa. El anticipo de nómina es un adelanto de salario, ya sea devengado por el trabajo ya realizado, o bien por el trabajo futuro pendiente de realizarse. Cuando llega la fecha de cobro del sueldo, se descontará la cantidad anticipada.
Por el contrario, un préstamo de empresa es un acuerdo entre empresa y trabajador, que puede no estar ligado al salario, y en el que se pactan plazos de devolución, pudiendo considerarse retribución en especie a veces. Confundir ambos conceptos puede llevar a malentendidos. Está regulado en la ley laboral; el préstamo, en cambio, se rige por acuerdos internos y puede tener consecuencias fiscales.
Recuerda que, con tu certificado digital, puedes hacer numerosos trámites ante la Seguridad Social, evitando esperas y desplazamientos.



