Si no estás de acuerdo con una resolución de la Seguridad Social sobre alguna solicitud, puedes presentar una impugnación para que revisen y obtener una nueva decisión. Te contamos más detalles.
Impugnar una resolución de la Seguridad Social es el proceso por el cual una persona ciudadana o empresa que es afectada por una resolución de la entidad puede presentar un recurso para solicitar la revisión de dicha resolución y, luego, obtener una nueva decisión.
Este procedimiento puede iniciarse dentro de los 30 días hábiles siguientes al día en que se notifique la resolución. Para ello, se debe comenzar presentando un recurso de alzada ante la Seguridad Social que deberá contener los fundamentos en que se basa la impugnación y las pruebas que se deseen aportar.
En este artículo te contamos más detalles sobre cómo presentar una impugnación a la Seguridad Social.
Impugnación paso a paso
Para impugnar una resolución de la Seguridad Social ante la Tesorería General, es necesario seguir los siguientes pasos:
- Presentar un recurso de reclamación previa ante la entidad gestora que dictó la resolución, en este caso la Seguridad Social.
- Si la entidad gestora no modifica su decisión inicial, se debe presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social.
- Interpuesta la demanda, se debe esperar la citación para la vista, y luego verificar si se ha hecho o no derecho a la prueba.
- Después, se procederá a la celebración del juicio y, si se estima la demanda, la sentencia será firme y se ejecutará en sus propios términos.
- Si la resolución es desestimatoria en el Juzgado de lo Social, se puede presentar un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente.
- En caso de tener derecho a ello y no haberlo ejercitado aún, se podrá formular recurso de revisión ante el propio Juzgado que dictó la sentencia.
- Por último, si persisten las discrepancias en el ámbito administrativo, se puede interponer un recurso de alzada ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Cabe resaltar que en caso de que la resolución inicial no sea modificada en el recurso de alzada, el interesado podrá interponer un recurso extraordinario de revisión ante la Dirección Provincial correspondiente, dentro del plazo de 3 meses desde la notificación de la resolución.
Por otro lado, en el contexto de trámites en la Seguridad Social, existen distintos tipos de resoluciones que pueden ser impugnadas, como por ejemplo las dictadas en materia de prestaciones económicas, cotizaciones, sanciones, entre otras.
Documentación a presentar
Ahora, para impugnar una decisión de la Tesorería General de la Seguridad Social, necesitarás la siguiente documentación:
- Escrito de alegaciones: Documento que detalla el desacuerdo con la decisión tomada por la Tesorería General de la Seguridad Social y las razones para ello; debe estar bien fundamentado y respaldado con pruebas.
- Resolución recurrida: En este se notifica la decisión de la Tesorería General de la Seguridad Social, el cual debe estar debidamente identificado y acreditado con fecha y número de expediente.
- Documentación acreditativa: Documentos que justifiquen y avalen las alegaciones presentadas en el escrito. Por ejemplo, si se está impugnando una sanción, se deberá aportar toda la documentación necesaria para demostrar que no se ha cometido ninguna irregularidad.
- Poder de representación: Si el escrito de alegaciones es presentado por un representante, se deberá acompañar el poder de representación correspondiente.
Aparte de esta documentación, se pueden requerir otras pruebas o documentos complementarios para sustentar la impugnación. Por lo que se recomienda contar con el asesoramiento de un profesional especializado para realizar una impugnación adecuada.
¿Cuáles son los plazos para presentar una impugnación?
Como lo dijimos antes, los plazos para presentar una impugnación ante la Tesorería General de la Seguridad Social son de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del acto impugnado.
No obstante, el plazo para interponer la impugnación varía según la vía procesal que se elija: vía administrativa o la vía judicial. Si se hace por vía administrativa, el interesado deberá presentar un recurso de alzada ante la propia Tesorería General de la Seguridad Social, mientras que en caso de optar por la vía judicial, se deberá presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente. Sea como sea, no hay que exceder los plazos establecidos para no perder el derecho a recurrir la decisión.
¿Qué pasa si no impugno una resolución de la Seguridad Social?
Si no impugnas una resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social sobre la cuál no estás a favor en plazo, ésta se tornará definitiva. Lo que significa que ya no se podrá recurrir esa decisión y se perderá cualquier posibilidad de modificarla o anularla.
Asimismo, en caso de que esa resolución imponga alguna sanción u obligación económica, la persona afectada tendrá que cumplir con ella y hacer frente al pago correspondiente. Incluso, se podría proceder a la ejecución forzosa de la resolución y se inicien acciones judiciales para reclamar la deuda en caso de impago. Reiteramos nuevamente que es importante estar atentos a los plazos establecidos para recurrir las resoluciones de la Seguridad Social y, si es necesario, contar con asesoramiento especializado.
Esperamos que esta información te haya sido muy útil pese a que sabemos que realizar una impugnación suena a un proceso muy engorroso. Recuerda que muchos trámites relacionados con la Seguridad Social se pueden hacer vía telemática con certificado digital, es importante tenerlo para resolver mucho papeleo burocrático que te podrás encontrar en el futuro en las administraciones públicas. Consíguelo al alcance de un clic en CertificadoElectronico.es.