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SII de Hacienda: ¿qué es y cómo funciona?

El SII de la Agencia Tributaria es un sistema que gestiona los libros de registro del IVA. Te contamos qué implica para los contribuyentes.

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Última revisión

3 Jun, 2024
Nathalia A. Marín Palomino

A través del sistema SII, se puede gestionar más fácil la gestión de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y poder seguir al día con la Agencia Tributaria. Te contamos qué es y en qué consiste.

 

El SII o Suministro Inmediato de Información, es un sistema de tramitación del IVA desarrollado por la Agencia Tributaria (AEAT) para gestionar electrónicamente los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

En sí, es un canal de comunicación por el cual las empresas pueden cumplir sus obligaciones fiscales. Pues, a través de este sistema online, se simplifica la forma en la que los profesionales pueden declarar y liquidar este impuesto, así como la presentación de los Libros Registro del IVA. Si diriges una empresa, saber sobre el SII te conviene, en este artículo te contamos cómo funciona para que lo uses a tu favor. ¡Sigue leyendo!

 

¿En qué consiste el SII?

El Suministro Inmediato de Información (SII) permite enviar y recibir registros de información sobre el impuesto de forma inmediata a través de Internet. Los contribuyentes obligados a utilizar este sistema y/o los que quieran utilizarlo voluntariamente deben enviar el detalle de la facturación a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

 

A nivel general, podrás ingresar esta información accediendo a la plataforma mediante certificado digital: una herramienta de identificación virtual que contiene tus datos personales y acredita tu identidad por internet, por ejemplo, cuando entras a las sedes electrónicas de las administraciones públicas. Es un sistema muy útil que te ahorrará muchísima burocracia y trámites, si no tienes uno, puedes conseguirlo en CertificadoElectronico.es sin demoras y sin salir de casa.

 

Ahora, al recurrir al SII, tanto la Agencia Tributaria como los contribuyentes pueden disponer de información sobre los registros de información en tiempo real; también pueden comparar, por ejemplo, la información de sus Libros Registro con la que hayan enviado a la Agencia Tributaria los clientes y proveedores que estén incluidos en este sistema.

 

Asimismo, utilizar este sistema conlleva para los contribuyentes la exención de la obligación de presentación del modelo 347 de operaciones con terceras personas, el modelo 340 de libros registro y el 390 de resumen anual del IVA.

 

Quién está obligado a estar inscrito en el SII

El SII puede ser utilizado por cualquier contribuyente que lo desee, sin embargo, algunos contribuyentes deben hacerlo de forma obligatoria, principalmente aquellos que tienen obligación de autoliquidar el Impuesto del Valor Añadido de forma mensual. Estos son:

  • Grandes Empresas: tienen esta consideración aquellas compañías que facturan más de 6 millones de euros anuales.
  • Grupos de IVA: se considera grupo de entidades el formado por una entidad dominante y sus entidades dependientes cuando todas ellas tengan su establecimiento en territorio español.
  • Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA): Este es un régimen especial en el que el IVA se devuelve mensualmente, en lugar de anualmente y para el que hay que cumplir ciertos requisitos.

 

¿Cómo funciona el SII?

Es muy sencillo, ya que gracias a este sistema los obligados al SII ya no tendrán que llevar los libros registros de IVA en formato papel, estos se confeccionarán de manera automática en la página web de la AEAT.

SII - Agencia Tributaria - CertificadoElectronico.es

Entonces, únicamente se tendrán que enviar determinada información sobre las facturas recibidas y emitidas rellenando los campos de los formularios web del SII tales como tipo de factura, número, fecha de expedición, nombre o razón social, NIF, descripción de la operación y, fundamentalmente, los importes, base imponible y cuota tributaria, sin que ni tan siquiera sea necesario emitir copia de la factura en cuestión.

 

Después de subir la información, la Agencia Tributaria únicamente tendrá que cruzar datos de manera automática con la información que ya posee a través del SII. Esto es posible ya que el SII se basa en un sistema de doble libro registro para la elaboración de los datos fiscales.

Así las cosas, Hacienda no sólo elaborará un libro registro con la información que le suministren los sujetos obligados, sino que, a la vez, elaborará otro libro registro con la información que de cada contribuyente suministren terceros relacionados con este.

 

Subir facturas

Cabe resaltar que para que la información pueda compararse perfectamente y estar al día con este sistema, es necesario cumplir ciertos plazos para enviar las facturas. Te explicamos:

  • Facturas emitidas: El plazo para enviar los datos de las facturas emitidas en el SII es de 4 días hábiles desde su emisión. Si la factura la hace un tercero o el destinatario, por ser auto facturación, el plazo aumenta de 4 a 8 días.
  • SII facturas recibidas: El plazo es de 4 días hábiles desde que se haya registrado contablemente el documento. Es decir, 4 días desde la fecha contable del registro del IVA de la factura. En todo caso, deberá enviarse siempre antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en que se hayan incluido las operaciones correspondientes. Esto es, dentro del período en que se deduce el IVA soportado.

 

Cuando las facturas sean por operaciones de importación, el plazo de 4 días hábiles empezará a contar desde que se produzca el registro contable del documento en el que conste la liquidación del IVA por la Aduana. En cualquier caso, debe enviarse siempre antes del día 16 del mes siguiente al final del periodo al que se refiera la declaración en la que se hayan incluido. Es decir, en el período en que se deduce el IVA soportado.

 

¡Y listo! Esto a grandes rasgos es lo que es el SII, esperamos que esta información te haya sido muy útil y le saques provecho a este sistema aunque ya sabes que para acceder a él necesitas tener un certificado digital. Si no tienes uno, ¿qué esperas para solicitarlo con CertificadoElectronico.es? Te lo darán en minutos e incluso te ayudarán a instalarlo en tus dispositivos gracias a su equipo de soporte técnico. ¡No lo dudes!

Nathalia A. Marín Palomino
Comunicadora social y periodista, máster en Investigación en Medios de Comunicación y Audiencias. Especialista en redacción y creación de contenido, principalmente sobre trámites de la Administración Pública.

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