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Subvenciones para la puesta en marcha de los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo

Existen subvenciones para la puesta en marcha de programas de SEPE a través de formación en Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo.

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Última revisión

27 Ago, 2024
Belén Aguilera Membrives

Categoría

Tablero de notas - subvenciones - CertificadoElectronico.es

Hoy hablamos de las subvenciones que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tiene establecidas para programas de Escuelas Taller, Casas de oficio y Talleres de empleo.

 

Subvenciones para programas a través del SEPE: En qué consisten y cómo solicitarlas

Entre las muchas competencias que tiene atribuidas el SEPE, se encuentra la de desarrollar proyectos subvencionados a cargo de los presupuestos de gastos públicos, siendo uno de ellos, tramitar subvenciones para la puesta en marcha de programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.

 

Para ello, el SEPE abre convocatorias para la concesión de subvenciones para estos programas que tienen como finalidad incentivar el empleo.

 

Para 2023 y 2024, el SEPE ha convocado subvenciones públicas destinadas a financiar estos programas por una cuantía de 15.400.000 euros. En la convocatoria del año 2022, según datos del SEPE, se beneficiaron de estos programas más de 2.600 personas.

Con carácter general no se requiere ninguna titulación para acceder como alumno-trabajador a las Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo, si bien para algunas especialidades se puede requerir una preparación mínima previa.

 

Cómo funcionan las Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo

 

Las Escuelas Taller

Las Escuelas Taller son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en distintas actividades, que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.

 

Los proyectos constarán de 2 etapas:

  • Durante la 1ª etapa, los alumnos recibirán formación profesional ocupacional.
  • Durante la 2ª etapa del proyecto, los alumnos trabajadores complementarán su formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional. En esta etapa los alumnos trabajadores serán contratados por las entidades promotoras en la modalidad del contrato para la formación y el aprendizaje.

 

A tener en cuenta:

  • Durante la 1ª etapa (formativa): Los alumnos tendrán derecho a una beca, que es incompatible con la realización de trabajos por cuenta propia o ajena.
  • Durante la 2ª etapa (formación en alternancia con la práctica profesional): Los alumnos trabajadores perciben las retribuciones salariales que legalmente se corresponden, que habitualmente será el 75 % del SMI.

 

La duración de ambas etapas no será inferior a un 1 año ni superior a 2 años, dividida en fases de seis meses.

 

Las casas de oficios

Las Casas de Oficios son proyectos de carácter temporal en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo en varias actividades relacionadas con el mantenimiento y cuidado de entornos urbanos, rurales o del medio ambiente, y otras, que permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.

 

También aquí hay 2 etapas:

  • Durante la 1ªetapa, los alumnos recibirán formación profesional ocupacional.
  • Durante la 2ª etapa del proyecto, los alumnos trabajadores complementarán su formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional. En esta etapa los alumnos trabajadores serán contratados por las entidades promotoras en la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.

 

A tener en cuenta:

  • Durante la 1ª etapa (formativa): Los alumnos tendrán derecho a una beca, que es incompatible con la realización de trabajos por cuenta propia o ajena.
  • Durante la 2ª etapa (formación en alternancia con la práctica profesional): Los alumnos trabajadores perciben las retribuciones salariales que legalmente se corresponden, que habitualmente será el 75 % del SMI.

 

La duración de cada etapa será de seis meses.

 

Común para los programas de Escuela Taller y Casas de Oficios

  • La selección de los alumnos trabajadores de las Escuelas Taller y Casas de Oficios, así como el director, docentes y personal de apoyo, se realiza por un grupo de trabajo mixto constituido entre la entidad promotora y la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, u órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma.
  • Selección de los alumnos trabajadores: Será necesario la tramitación de oferta de actividad o de empleo por la correspondiente Oficina de Empleo. Los candidatos deberán cumplir, como requisitos mínimos, los siguientes:

 

  1. Ser menor de 25 años y haber cumplido 16.
  2. Ser desempleados no ocupados, registrados en los servicios públicos de empleo y disponibles para el empleo.
  3. Cumplir los requisitos establecidos para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.

 

Talleres de empleo

Los programas de Talleres de Empleo también son Mixtos, y combinan acciones de formación-empleo, dirigidas a desempleados de 25 o más años, en actividades relacionadas con nuevos yacimientos de empleo de interés general y social, promovidos por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, facilitando así su posterior integración en el mercado de trabajo, tanto en el empleo por cuenta ajena como mediante la creación de proyectos empresariales o de economía social.

El objetivo de los Talleres de Empleo es que los trabajadores desempleados de 25 o más años participen en la realización de obras o servicios de utilidad pública o interés social, con un trabajo efectivo y a la vez reciban una formación profesional ocupacional relacionada con su trabajo, que procure su cualificación profesional y favorezca su inserción laboral.

Serán beneficiarios del programa de Talleres de Empleo los desempleados de 25 o más años que tengan especiales dificultades para insertarse en el mercado de trabajo o que se determinen como colectivos preferentes de actuación en los Planes de ejecución de la Estrategia Europea para el Empleo de cada año.

 

A tener en cuenta:

  • Durante el desarrollo del Taller de Empleo los trabajadores participantes recibirán formación profesional ocupacional adecuada a la ocupación a desempeñar, según el plan formativo incluido en la memoria del proyecto, en alternancia con el trabajo y la práctica profesional.
  • La duración del programa no podrá ser inferior a 6 meses ni superior a 12 meses.
  • Los participantes son contratados desde el inicio hasta la finalización del proyecto, y perciben un salario de 1,5 veces el SMI.
  • Tendrán preferencia los desempleados con mayores dificultades para encontrar trabajo: Parados de larga duración; Mayores de 45 años; Mujeres; Personas con discapacidad y Otros colectivos de preferente actuación que así se determine en los Planes Nacionales de Acción para el Empleo de cada año.

 

Cómo participar en la selección de centros subvencionados para formación en SEPE

Como vemos, Todos los proyectos que se pretenden subvencionar se configuran como programas mixtos de formación y empleo que tienen por finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas trabajadoras que participen en ellos.

 

En todos los proyectos, se imparte un módulo de alfabetización informática de al menos 30 horas para permitir el acceso de los alumnos/trabajadores a las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.

 

¿Cómo acceder a los programas?

Será necesario acudir a la Oficina de Empleo de cada municipio y manifestar la voluntad de participar en estos programas, además de estar inscrita como demandante de empleo y con disponibilidad para trabajar. Una vez que la Oficina de Empleo compruebe que se cumplen los requisitos, le tendrán en cuenta para las selecciones de alumnos/trabajadores en Escuelas Taller, Casas de Oficios o Talleres de Empleo (según caso) que surgieran en su municipio o localidad.

 

Al finalizar el programa, los alumnos/trabajadores de estos talleres recibirán:

  1. Un Certificado de Formación, que expide la entidad promotora del proyecto, en el que figuran los módulos formativos realizados y las horas de formación teórico-prácticas. El certificado acredita la cualificación obtenida para el desempeño de un oficio y la experiencia laboral adquirida.
  2. Asesoramiento y apoyo en los 6 meses posteriores para la búsqueda de empleo.
  3. En caso necesario, preparación para que el alumno trabajador puede obtener el título de la ESO.

 

Recordaros que, con vuestro certificado digital, las personas físicas pueden hacer numerosos trámites evitando esperas y desplazamientos.

Belén Aguilera Membrives
Abogada y asesora jurídica a particulares y empresas. Especialista en protección de los derechos de los consumidores y de personas mayores.

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