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¿Qué trámites se pueden hacer en la sede electrónica del Tribunal Constitucional?

El Tribunal Constitucional tiene sede electrónica y puedes acceder a ella y hacer trámites con tu certificado digital.

Realiza este trámite más rápido con Certificado Digital

Última revisión

7 Jul, 2025
Belén Aguilera Membrives
Justicia - tribunal constitucional - CertificadoElectronico.es

Entrando en la sede electrónica del Tribunal Constitucional, puedes realizar gestiones y consultar información relevante sobre asuntos de derechos constitucionales y otros.

Para algunas gestiones, la web del Tribunal Constitucional requiere que te identifiques, por lo que es necesario que dispongas de algún medio de identificación y firma electrónica, como certificado digital, DNI electrónico o sistema ACA.

 

¿Qué trámites y actuaciones se pueden hacer en el Registro electrónico del Tribunal Constitucional?

Los trámites y actuaciones que pueden realizarse a través del Registro Electrónico del Tribunal Constitucional son los siguientes:

  • La presentación de escritos y documentos que inicien o que sean relevantes en los procesos constitucionales competencia del Tribunal.
  • La presentación de escritos y documentos que inicien o surtan efectos en procedimientos administrativos de contratación, selección de personal y concesión de becas.
  • Se trata de un método voluntario, si bien, su utilización tiene carácter obligatorio para la presentación por medio de procurador de demandas, escritos y documentos que deban surtir efectos en procesos de amparo constitucional.
  • El Registro electrónico general permite la presentación de escritos todos los días del año, durante las 24 horas.
  • La presentación de los escritos dará lugar a la asignación automática de un número de registro. Generando automáticamente justificante-copia autenticada del documento, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de registro de entrada, así como un recibo acreditativo de los otros documentos presentados.
  • El Registro Electrónico podrá rechazar los documentos electrónicos en algunos casos, por ejemplo, como cuando contengan códigos maliciosos o dispositivos que puedan afectar a la integridad o seguridad del sistema.

 

Otros trámites

Entre las gestiones que se pueden realizar en la web del Tribunal Constitucional se encuentra el buscador de jurisprudencia constitucional. En la opción de “jurisprudencia”, puedes tener acceso a las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional.

 

Tienes a tu disposición varias formas de búsqueda de sentencias, autos y otros documentos:

  1. Buscador de jurisprudencia constitucional por año, numero de sentencia, etc.
  2. Búsqueda cronológica de sentencias. Interesante cuando interesa las últimas sentencias publicadas.
  3. Relación cronológica de autos dictados por el Tribunal constitucional
  4. Relación cronológica de declaraciones que efectúa el Pleno del tribunal.
  5. Gacetas de jurisprudencia constitucional. El tribunal publica trimestralmente una gaceta con información sobre sentencias y autos dictados, leyes impugnadas, resoluciones de órganos judiciales que han sido impugnadas, o resoluciones de otros tribunales que considera de interés.
  6. Boletines de documentación. La publicación es mensual, y se puede consultar.
  7. Resoluciones traducidas. En esta sección, puedes consultar una selección de los fundamentos jurídicos de sus resoluciones más relevantes traducidos al inglés, al francés y al alemán. No se trata de una traducción oficial, su difusión se realiza a efectos de conocimiento y consulta de los argumentos jurídicos de las resoluciones del Tribunal Constitucional.
  8. Suplementos del BOE, con publicaciones de sentencias del tribunal.
  9. Estadísticas jurisdiccionales. La actividad jurisdiccional del Tribunal se resume cada año en una memoria que publica desde 1999.

 

En dicha memoria anual se ofrece un breve resumen de sus actividades, para ofrecer información al ciudadano.

 

Breve historia del Tribunal Constitucional

La I República española (1873) discutió un proyecto de Constitución federal que preveía por primera vez un control de constitucionalidad de las leyes, de forma previa, por el Senado, y de forma sucesiva, por el Tribunal Supremo. Este proyecto no llegó a ver la luz.

En los últimos días de la Dictadura de Primo de Rivera (1929) se preparó un anteproyecto de Constitución que recogía un “recurso de inconstitucionalidad de las leyes” atribuido al Consejo del Reino que tampoco llegó a aprobarse.

 

En la II República (1931), se presentó otro Anteproyecto de Constitución en el que se incluía un control concentrado de las leyes atribuido a un “Tribunal de Justicia Constitucional”, pero, el posterior Proyecto de Constitución de 1931, denominó al órgano “Tribunal de Garantías Constitucionales”, quitándole la competencia para controlar la validez de las actas de diputados y senadores, y convirtiéndolo en un simple órgano consultivo (no vinculante) acerca de la constitucionalidad de las leyes.

 

La Constitución de 9 de diciembre de 1931, desarrollada por la Ley Orgánica de 14 de junio de 1933, fue la que creó el “Tribunal de Garantías Constitucionales” y le atribuyó el control de la constitucionalidad de las leyes, a través del recurso de inconstitucionalidad que podían interponer incluso los ciudadanos mediante algo parecido a la acción popular en defensa de la Constitución, y de la consulta sobre constitucionalidad de las leyes por los Tribunales de Justicia y el recurso de amparo, entre otras funciones.

Sin embargo, su funcionamiento fue breve, ya que el alzamiento de julio de 1936, y el comienzo de la Guerra Civil española, forzó la dimisión de sus miembros el 20 de agosto. A partir de ahí funcionó interinamente hasta que en 1939 fue trasladado a Barcelona donde finalizó.

 

La Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, creó en su Título IX, el actual Tribunal constitucional, cuya puesta en funcionamiento se hizo por la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, y que funciona como el garante último tanto de los derechos fundamentales y libertades públicas, como de la supremacía de la Constitución.

Como hemos visto hoy, a través de la sede electrónica del Tribunal Constitucional, los interesados, pueden realizar numerosos trámites con su certificado digital.

Belén Aguilera Membrives
Abogada y asesora jurídica a particulares y empresas. Especialista en protección de los derechos de los consumidores y de personas mayores.

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