¿Qué es la Agencia Española de Protección de Datos? Si tienes en mente realizar una consulta o interponer una reclamación sobre derechos relacionados con la protección de datos, antes debes haberte dirigido a la entidad responsable de los mismos por el medio que te haya proporcionado para ejercerlos.
Si la entidad no te responde en el plazo establecido o no lleva a cabo la acción solicitada, puedes interponer una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Es el organismo que protege tus derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento automatizado de datos personales.
¿Puedo reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos?
Reclamar ante la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) es posible siempre que tengas pruebas o indicios de un incumplimiento o infracción de la Ley de Protección de Datos por parte de un responsable del tratamiento de tus datos personales.
Así que antes de lanzarte a reclamar, reúne todos los indicios que te hayan llevado a decidir realizar la reclamación.
¿Qué derechos reconoce la Ley de Protección de Datos?
Debes saber qué derechos están protegidos por la Ley antes de realizar luna reclamación.
Como norma general, la Ley protege el derecho de información, además se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión (“derecho al olvido”), oposición, portabilidad, limitación del tratamiento, y derecho de oposición a las decisiones automatizadas (incluyendo la elaboración de perfiles).
¿Donde se regula el procedimiento en caso de vulneración de la Lay de Protección de Datos?
Encontraremos el procedimiento que debemos seguir en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, aplicándose en los casos en los que:
- No se atienda una solicitud de ejercicio de los derechos reconocidos expuestos anteriormente.
- Se investigue de oficio la existencia de una posible infracción de derechos.
Si el procedimiento se refiere al primero de los casos enumerados, se iniciará por acuerdo de admisión a trámite:
- En este caso, el plazo para resolver el procedimiento será de 6 meses desde la admisión. Pasado ese plazo, se puede considerar estimada la reclamación.
Si el procedimiento fuera de los iniciados de oficio:
- Se iniciará mediante acuerdo de inicio adoptado por propia iniciativa. Admitida a trámite la reclamación, podrá existir una fase de investigación previa.
El procedimiento tendrá una duración máxima de 12 meses a contar desde la fecha del acuerdo de inicio. Si se cumple el plazo, en este caso, no se considera estimada, produciéndose el archivo.
¿Que debo tener en cuenta a la hora de ejercer los Derechos en materia de Protección de Datos Personales?
Para ejercer los derechos es fundamental e imprescindible que te dirijas, en primer lugar, a la entidad que trata tus datos personales. Si la entidad no te responde o no realiza ninguna acción, podrás solicitar la actuación de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Los diferentes derechos en materia de protección de datos son independientes, puedes utilizarlos conjuntamente o en diferentes momentos, sin necesidad de hacer reclamaciones conjuntas de todos ellos. Una vez que realizamos una reclamación, se inicia un proceso sencillo y gratuito.
La entidad responsable del tratamiento de tus datos personales debe comunicarte un medio para que puedas ejercer tus derechos, siendo este medio normalmente una dirección de correo electrónico, aunque la entidad tiene la obligación de atender cualquier solicitud adecuadamente presentada que le llegue utilizando cualquier otro procedimiento.
¿Cómo puedo interponer una Reclamación si han vulnerado mis Derechos sobre mis Datos Personales?
Las reclamaciones la debes presentar de forma telemática, cumplimentando un formulario de reclamación accesible en la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos.
Para ello necesitarás un certificado digital. Si aún no tienes uno, puedes conseguirlo en minutos con CertificadoElectronico.es, podrás usarlo inmediatamente sin necesidad de desplazarte de tu domicilio, realizando la reclamación hoy mismo, sin necesidad de posponerla más.
¿Cómo reclamo desde la Sede Electrónica de la AEPD?
Debemos dirigirnos a la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos, accediendo como Ciudadanos, y seleccionamos la opción Trámites. Los trámites que podemos encontrar serán los siguientes:
- Canal prioritario de retirada de contenidos sensibles, si nuestra reclamación está relacionada con la difusión ilegítima de imágenes sensibles.
- Reclamación de morosidad.
- Reclamaciones ordinarias.
- Registro Electrónico AEPD.
En función de cuál sea la reclamación que deseas realizar, selecciona tu opción y accede por medio de nuestro certificado digital de CertificadoElectronico.es.
- Una vez hayas accedido, debes rellenar un formulario, en el que te identifiques con tus datos, igualmente debes señalar si realizas el trámite en tu nombre o en representación de alguien.
- Una vez constatados los datos, pulsa en la parte inferior en “siguiente”.
- Deberás posteriormente identificar a la entidad sobre la que reclamamos y el motivo por el que procedemos a realizar la reclamación, adjuntando los documentos que nos sirvan de indicio o prueba de la infracción que estamos denunciando, así como para aclarar los hechos que han sucedido.
- Posteriormente, debemos confirmar nuestra reclamación antes de proceder a su envío, obteniendo un justificante del mismo para finalizar el procedimiento de reclamación.
Este es el sencillo proceso que debes seguir para realizar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Como has podido observar, es imprescindible tanto que tengas indicios o pruebas de la infracción, como que dispongas de un certificado digital para acceder a la Sede Electrónica de la AEPD.
Recuerda que si necesitas un certificado digital, puedes conseguirlo desde casa y en minutos con CertificadoElectronico.es