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Bono de alquiler joven en Extremadura

En Extremadura puedes solicitar el Bono de alquiler joven hasta el 15 de julio. ¡No te pierdas este artículo para sabar cómo hacerlo con certificado digital!

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Última revisión

10 Jul, 2023
Rocío Villaescusa Villena
Pueblo pintoresco - Bono de alquiler joven Extremadura - CertificadoElectronico.es

El bono de alquiler joven está disponible en Extremadura. La Junta de Extremadura ha aprobado nuevas medidas para facilitar el acceso a una vivienda para jóvenes entre 18 y 35 años, y lo hace tanto mediante ayudas directas como ampliando las viviendas sociales a precios asequibles.

 

Cuáles son los requisitos para solicitar el Bono de alquiler joven en Extremadura

Si estás interesado en solicitarlo, es importante que cumplas con los siguientes requisitos:

  • Edad entre 18 y 35 años: Para ser elegible, debes tener entre 18 y 35 años de edad. Este límite de edad está diseñado para ayudar a aquellos jóvenes que buscan apoyo financiero.
  • Acreditar rentas de trabajo: Es necesario demostrar que tienes ingresos derivados de tu trabajo. Esto puede incluir salarios, sueldos, honorarios profesionales u otros ingresos obtenidos a través de una relación laboral.
  • Ingresos anuales inferiores a 3 veces el IPREM: Tus ingresos anuales deben ser, en términos generales, inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). A partir de septiembre de 2021, este límite sería de 25.200 euros anuales.

 

Sin embargo, es importante tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma o la ciudad de Ceuta y Melilla pueden establecer requisitos más específicos en sus respectivas convocatorias. Por lo tanto, te recomendamos consultar la convocatoria correspondiente para conocer los límites de ingresos específicos en tu área.

 

Qué órgano convoca esta ayuda

El objeto de la convocatoria es el apoyo financiero para el pago de la renta arrendaticia o cesión de vivienda, lo que se traduce en lo que conocemos como Bono de alquiler joven.

La Dirección General de la Vivienda ha puesto en marcha un programa con el objetivo de brindar apoyo a las personas jóvenes en el pago de la renta de su vivienda habitual o el precio de la cesión de una habitación. Esta iniciativa tiene como finalidad facilitar el acceso a la vivienda y promover la emancipación de los jóvenes.

Las ayudas otorgadas a los beneficiarios tienen una duración de 2 años, lo que les proporciona estabilidad y seguridad en sus gastos de alojamiento durante ese período. Este programa busca aliviar la carga financiera que implica el pago de la renta para los jóvenes, permitiéndoles mantener su independencia y asegurando su estabilidad habitacional.

La Dirección General de la Vivienda reconoce la importancia de apoyar a las personas jóvenes en el proceso de emancipación y acceso a la vivienda, ya que son momentos cruciales en su desarrollo personal y profesional. Con estas ayudas, se pretende facilitar su transición hacia la vida adulta y contribuir a su bienestar.

Es importante tener en cuenta que las solicitudes y los requisitos específicos para acceder a estas ayudas pueden variar según la convocatoria. Por tanto, es recomendable consultar la información proporcionada por la Dirección General de la Vivienda o la entidad responsable en tu área para obtener detalles actualizados sobre el proceso de solicitud y los criterios de elegibilidad.

 

Cuál es el plazo de solicitud del Bono de alquiler joven en Extremadura

¡El plazo de solicitud es hasta el 15 de julio de 2023!

  • Si eres una persona joven que necesita apoyo para hacer frente al pago de tu renta arrendaticia o el precio de la cesión de tu vivienda habitual, ¡esta es tu oportunidad! La Dirección General de la Vivienda ha lanzado un programa de ayudas que te permitirá acceder a la vivienda que necesitas y alcanzar tu emancipación.
  • Es importante tener en cuenta que el plazo de solicitud para estas ayudas se encuentra abierto hasta el 15 de julio de 2023. No pierdas tiempo y presenta tu solicitud lo antes posible para beneficiarte de esta oportunidad.
  • Una de las ventajas de estas ayudas es que los efectos económicos de la subvención dependerán de la fecha de entrada en vigor del contrato de arrendamiento o cesión. A continuación, te explicamos cómo se aplican:
  • Si tu contrato ya estaba vigente el 1 de enero de 2022 y sigue en vigor en el momento de presentar la solicitud, los efectos económicos de la subvención comenzarán desde esa fecha. Esto significa que podrás recibir el apoyo financiero retroactivo desde el inicio del año pasado.
  • Si la entrada en vigor de tu contrato es posterior a la presentación de la solicitud y/o al reconocimiento del derecho a la ayuda, los efectos económicos de la subvención empezarán a partir de la fecha en que se formalice el contrato. Es importante tener en cuenta este aspecto para planificar tu solicitud y asegurarte de recibir la ayuda correspondiente.

 

Recuerda que el plazo de solicitud es limitado y que los beneficios de estas ayudas pueden marcar una gran diferencia en tu vida. No dejes pasar esta oportunidad y presenta tu solicitud antes del 15 de julio de 2023. Consulta los requisitos específicos y los documentos necesarios en la convocatoria oficial de la Dirección General de la Vivienda de la Junta de Extremadura.

 

Beneficiarios y cuantías del Bono

Si estás buscando apoyo financiero para el alquiler de tu vivienda, te alegrará saber que el Programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda ofrece una oportunidad única para acceder a una subvención mensual de 250 euros. A continuación, te explicamos quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas y los requisitos para solicitarlas:

  • Personas físicas de entre 18 y 35 años: Para ser elegible, debes estar dentro de este rango de edad.
  • Nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo: Si no cumples con estos requisitos de nacionalidad, aún puedes ser considerado elegible si eres residente legal en España.
  • Titularidad o capacidad de suscribir un contrato de arrendamiento: Debes ser titular o estar en condiciones de firmar un contrato de arrendamiento según la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Si se trata de un contrato de cesión de uso, también serás considerado elegible. En el caso de alquiler de habitación, no se exigirá un contrato formal.
  • Ingresos regulares anuales: Tanto tú como las personas que tienen su residencia habitual y permanente en la vivienda alquilada o cedida deben tener ingresos regulares anuales iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Es importante tener en cuenta que, en el caso de alquiler de habitación, no se aplicará este límite de ingresos anuales.
  • Límite de renta arrendaticia o precio de cesión: La vivienda objeto del contrato de arrendamiento o cesión debe tener una renta arrendaticia o precio de cesión igual o inferior a 600 euros mensuales. En el caso de alquiler o cesión de uso de una habitación, esta renta o precio debe ser igual o inferior a 300 euros mensuales.

 

Además, si estás considerando cambiar de domicilio a una comunidad o ciudad autónoma diferente a la de tu lugar de origen, el límite de ingresos previsto aumentará hasta cuatro veces el IPREM en la comunidad autónoma o ciudad de destino.

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La tramitación de estas ayudas se realiza a través del Registro Electrónico con certificado digital. Puedes acceder a la plataforma de solicitud.

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Rocío Villaescusa Villena
Experta en contenidos y comunicación digital. Especialista en identidad digital y trámites de la Administración Pública.

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