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Cómo dar de alta una ONG: Trámites administrativos

Dar de alta una ONG puede ser mucho más sencillo si sabes qué pasos seguir. Te los resumimos todos en este artículo. ¡No te lo pierdas!

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Última revisión

11 Jul, 2023
Rocío Villaescusa Villena
Solidaridad - ONG - CertificadoElectronico.es

¿Quieres dar de alta una ONG? En este artículo te contaremos paso a paso qué trámites tienes que hacer tanto online como offline. Te damos un pequeño adelanto: te vendrá bien tener un certificado digital. ¡Vamos allá!

 

Qué es una ONG y qué tipos existen

Una ONG es una organización no gubernamental sin ánimo de lucro.

Son organizaciones independientes, que no dependen de la administración pública, que surgen a raíz de iniciativas populares y civiles y que por lo general están enfocadas a un interés social, en ayudar a personas, grupo de personas o países que sufren situaciones de pobreza, exclusión social o las graves consecuencias de catástrofes naturales o conflictos armados, éstas últimas suelen estar asociadas trabajos de voluntariado o ayuda humanitaria.

Su enfoque puede serlo también de ámbito cultural, o con vinculación a programas de desarrollo u otros que generen cambios estructurales en determinadas comunidades, regiones o países para proteger los derechos humanos y desigualdades.

Podríamos clasificar las ONG en función a varios criterios, pero por lo general, se clasifican en base a su orientación y su área de influencia.

Así, según su área de influencia, podríamos agruparlas en cuatro tipos:

  • a) ONG de carácter local:también conocidas como ONG de base comunitaria, ya que surgen por iniciativas en la misma comunidad, un ejemplo de ellas sería una organización educativa orientada a la alfabetización de un sector de la comunidad.
  • b) ONG ciudadanas: aquellas que actúan a nivel local, pero abordan grandes áreas como toda una ciudad, podría serlo un club deportivo con fines de integración de extranjeros.
  • c) ONG nacionales: aquellas cuyo ámbito de actuación abarca todo el territorio nacional, Un ejemplo es “Proactiva Open Arms2, que actúa a nivel europeo, pero fue fundada y mantiene su sede en Badalona, Cataluña.
  • d) ONG internacionales: aquellas que actúan en proyectos localizados en varios países del mundo, por su incidencia, son las más conocidas. Un ejemplo es el “Bangladesh Rural Advancement Comitee” (BRAC), considerada una de las ONG más importantes de la actualidad por sus excelentes resultados en términos de desarrollo mundial, especialmente en el sector de microcréditos para el financiamiento de proyectos de agricultura, alimentación, entre otros.

Y en función a su orientación, podemos clasificarlas en:

  • a) ONG de caridad: aquellas cuyas actividades se enfocan a apoyar a colectivos en vías de desarrollo, aportando herramientas para el autoabastecimiento para evitar su dependencia; la ONG Ayuda en Acción, es un ejemplo de ellas.
  • b) ONG de servicios: aquellas que centran sus actividades en aprovisionar de salud, educación o planificación familiar, entre otros servicios, por ejemplo, Médicos sin Fronteras.
  • c) ONG participativas: aquellas que desarrollan proyectos de autoayuda en comunidades locales. La gente de una comunidad concreta colabora en un proyecto aportando bienes, servicios o capital humano para su ejecución, Aldeas Infantiles es una de ellas.
  • d) ONG de defensa o empoderamiento: aquellas que sirven para impulsar un cambio en el sistema político-social o económico. Aquí se incluyen las entidades de defensa animal o las ONG que luchan contra los desalojos. En esta tipología incluimos también aquellas entidades que buscan otorgar un papel que se ha negado tradicionalmente a un colectivo concreto por razones discriminatorias, tratando de integrar el feminismo o colectivos en riesgo de exclusión. Un ejemplo de este tipo de ONG sería la Asociación Defensa Derechos Animales ADDA.

 

Funciones de una ONG

A la vista de sus posibles clasificaciones ya hemos visto que no todas las ONG son iguales ni desempeñan su función de igual manera, pero sus enfoques y funciones sí que son comunes a todas ellas; El enfoque común que tiene toda ONG se basa en los siguientes aspectos:

  • sensibilizar y concienciar a la sociedad sobre problemas sociales, causas humanitarias y medioambientales.
  • Impulsar proyectos de transformación social.
  • Promover la participación de las personas para que sean protagonistas de su propio desarrollo.
  • Fortalecer a la ciudadanía para que sea conocedora de sus derechos y pueda exigirlos.
  • Complementar las políticas públicas de los Estados u Organismos Internacionales.
  • Trabajar con honestidad, profesionalidad, compromiso y transparencia.

 

Cómo formar una ONG: Trámites administrativos

Si tu espíritu es el de una persona con conciencia social y tu ánimo es el de desarrollar un trabajo en el que ayudar a los demás sea una prioridad, sin tener prejuicios y sobre todo, quieres colaborar con tus acciones a hacer de este mundo uno mucho mejor, entonces posiblemente te estés planteando formar una organización no gubernamental, una ONG, que con seguridad podrá jugar un papel fundamental en la sociedad.

Independientemente de cual sea la finalidad, la orientación o área de influencia, toda ONG debe someterse a la normativa vigente y al seguimiento de unos trámites administrativos y burocráticos comunes.

En España, no existe un régimen jurídico unitario, pues por lo general, una ONG puede adoptar la forma de fundaciones o de asociaciones, por lo que será la legislación aplicables a unas y otras las que nos van a indicar cuales son los requisitos para su constitución, su régimen fiscal y resto de marcos de referencias administrativos y jurídicos en los que se van a desenvolver.

Las ONG están sujetas a la Ley 50/2002, del 26 de diciembre, de Fundaciones. Esta Ley tiene orden estatal y carácter autónomo. Esta ley las define como aquellas organizaciones constituidas sin fin de lucro, que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.

Para la creación de este tipo de organizaciones se deben seguir los siguientes pasos:

Establecimiento de los principios

Para establecer una ONG es necesario que varias personas estén interesadas en un motivo común y deben tener un mismo ideario. En su conjunto, deberán plantearse cuáles son las necesidades que va a cubrir la organización.

Una vez se sepan las necesidades hay que definir unos principios que regirán la labor de la ONG para luego formalizarlos en los trámites, es decir, los fundadores de una ONG tienen que definir por escrito su motivo, su fin, el tipo de tareas que realizará y cómo lo van a hacer.

Elaboración de los estatutos

Los estatutos, en su afección general, se refieren al conjunto de normas que se recogen en un documento relativas al funcionamiento interno de la organización, y como tal, además deben recogerse en dicho documento los siguientes elementos de forma obligatoria:

  • El nombre de la ONG, para lo cual, nos aseguraremos de que el nombre elegido no existe ya ( veremos el trámite para ello más adelante).
    Para realizar la consulta del fichero de denominaciones debemos hacerlo a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior.

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  • Dirección Fiscal de la sede
  • Ámbito de actuación
  • Finalidad: en la fase de establecimiento de principios ya se tiene que haber definido esta parte.
  • Actividades: es lo que realizará la ONG para lograr sus objetivos.
  • Sistemas de toma de decisiones: es necesario tenerlos claros para evitar bloqueos.
  • Miembros: en los estatutos se deben detallar los miembros fundacionales junto con todos sus datos.
  • Financiación: normalmente una ONG se financiará mediante donativos de personas o empresas públicas o privadas; la captación de socios o donaciones son una fuente de ingresos periódicos que permiten a las ONG planificar proyectos a corto y medio plazo.
  • También se podrá financiar mediante servicios que se presten, en caso de que esto sea así, o subvenciones tanto públicas como privadas.

Determinación de la forma jurídica de la ONG

Una ONG puede adoptar la forma de una Fundación o bien la de una Asociación, y en función a ello, debe cumplir una serie de requisitos que os comentamos a continuación:

Fundaciones

Requieren un patrimonio inicial de 30.000 € para su constitución y debe destinarse íntegramente a fines de interés general, o funciones a los que nos hemos referido anteriormente.

Dependiendo del ámbito geográfico de su actuación se especificarán unos u otros requisitos más concretos; a nivel tributario, las Fundaciones siempre son de utilidad pública por lo que se van a beneficiar de exenciones fiscales (no así las asociaciones).

Asociaciones

Bajo esta modalidad necesitamos que al menos tres personas- físicas o jurídicas- estén dispuestas a constituir la ONG, y no es necesaria su inscripción para tener personalidad jurídica, sin embargo prácticamente la totalidad lo hacen.

Cada Comunidad Autónoma puede tener un registro específico de asociaciones y para hacerlo hay que hacer un único pago de un pequeño montante económico que puede variar entre 38 € y 57 €.
A diferencia de la fundación para formar una asociación no es necesario aportar un capital mínimo.

 

Obtención del Certificado negativo de denominación

El primer paso que hay que dar para constituir una fundación es solicitar un certificado de denominación. Este certificado se acompañará a la escritura de constitución y tiene una vigencia de tres meses, transcurridos los cuales si no se ha otorgado escritura pública de su constitución, habrá caducado y tendremos que solicitar uno nuevo.

Los procedimientos para solicitar una denominación social por via telemática los tenemos que efectuar a través del Registro Mercantil Central, y una vez solicitada, la entrega de nuestro certificado nos llegará por distintas vías, según la elegida:

Por Correo certificado, corro ordinario, recogida en la propia sede del Registro Mercantil Central en Madrid, por mensajería contra reembolso o bien de forma telemática.

Entrega telemática de la certificación firmada electrónicamente: El Registro Mercantil Central, a solicitud expresa del interesado, emitirá las certificaciones mediante firma electrónica del Registrador, pudiendo obtenerse y verificarse a través de la Web del Registro Mercantil Central.

RCM - ONG - CertificadoElectronico.es

  • Depositar el capital inicial en una cuenta bancaria.
  • Notaria: Llevar a escritura pública el acta de constitución y los estatutos ante un notario.
  • Solicitud del CIF provisional: Se solicitará ante la Agencia Tributaria y es necesario para ejercer trámites legales. Una vez inscrita definitivamente en el registro correspondiente, podremos solicitar el CIF definitivo. A través de su sede electrónica podremos hacer este trámite sin tener que desplazarnos de nuestro domicilio mediante la cumplimentación del modelo censal 036.
  • Inscripción en el Registro de Fundaciones o Asociaciones, según la forma jurídica que hayamos adoptado. Cada comunidad autónoma, a través de sus sedes electrónica, tiene su propio registro de Asociaciones o de Fundaciones.

Si por ejemplo se trata de una organización de ámbito estatal, su registro deberemos hacerlo, desde el 14 de febrero de 2022, exclusivamente de forma electrónica, en la dirección electrónica habilitada única, cuyo acceso es Dehú e igualmente todas las notificaciones relativas a su registro serán por este medio.

Desde internet, tienes acceso desde varías web a información sobre las organizaciones no gubernamentales, las cuales te serán bastante útiles, un ejemplo es la web Guía ONG desde la que se puede acceder al listado y directorio de multitud de ONGs.

Una vez finalizados dichos trámites, ya estará lista tu ONG para empezar a funcionar. Cada año se crean en España y en el resto del mundo más ONG y las importantes labores que realizan son cada vez más reconocidas por la población.

Nadie dijo que poner en marcha un proyecto así fuera fácil, pero si has llegado hasta aquí, ¡enhorabuena!, seguro que tu esfuerzo será útil para muchas personas.

Rocío Villaescusa Villena
Experta en contenidos y comunicación digital. Especialista en identidad digital y trámites de la Administración Pública.

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