¿Sabías que la emisión de tu certificado digital por vídeo puede ser EN MINUTOS? Solo aquí 🙂

logotipo certificadoelectronico.es
hamburguesa menu solicitar certificado digital con certificadoelectronico.es

Menú

Las cuotas mínimas de la Seguridad Social que deberán pagar los autónomos en 2024

¿Cuáles son las cuotas mínimas para autónomos en 2024 en la Seguridad Social? Te contamos en este artículos cu´les han sido estos cambios.

Realiza este trámite más rápido con Certificado Digital

Última revisión

9 Sep, 2024
Nathalia Marín Palomino
Autónomo - cuotas mínimas - CertificadoElectronico.es

¿Cuáles son las cuotas mínimas este año? El 2024 es el año de los cambios para los autónomos, entre ellos están las nuevas cuotas de cotización por ingresos reales a partir del 1 de enero. Te contamos cuánto deberás pagar.

 

Para las personas trabajadoras por cuenta propia es una obligación mensual -y casi sagrada- la de pagar la cuota mensual a la Seguridad Social a modo de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Cabe resaltar que desde hace unos meses, este régimen tuvo una reforma y entre sus novedades está el cambio del sistema de cuotas a pagar en función de los rendimientos netos establecidos para tres años.

 

Efectivamente, a partir del 1 de enero de 2024 cambian las mensualidades a abonar. Entre ellas están dos cuotas mínimas: una para aquellos cuyos ingresos sean inferiores a 14.001,48 euros anuales, que pueden acogerse a la tabla reducida, y otra para el resto de autónomos que superan esa cantidad o la igualan.

En este artículo te contamos más sobre las nuevas cuotas que los autónomos deberán pagar. ¡Sigue leyendo!

 

¿Cómo calcular los rendimientos netos para saber qué cuota pagar?

De acuerdo con el Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, el nuevo sistema de cotización varía en función de sus rendimientos netos. Estos rendimientos son el resultado de restar a los ingresos brutos por la facturación de la actividad por los gastos deducibles con respecto al pago del IRPF. Por ejemplo, se restan los salarios, la parte de la Seguridad Social que corre a cargo de la empresa, los gastos de suministros, los gastos de oficina, el alquiler, etc.

 

Además, el Ministerio de Inclusión de la Seguridad Social y Migraciones apuntó que sobre la cantidad obtenida se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% de los rendimientos netos. En el caso de los autónomos societarios será del 3%.

 

Las cuotas mínimas de la Seguridad Social a pagar

A continuación, se presentan los valores de las cuotas mínimas que tendrán que pagar las personas trabajadoras por cuenta propia, según lo estipulado en el Real Decreto Ley 13/2022.

Tabla - cuotas mínimas - CeritficadoElectronico.es

En suma, existen 15 tramos en función de si los ingresos mensuales son inferiores a 670 euros o superan los 6.000 euros. En 2024, los cotizantes en el RETA deben abonar las siguientes cuotas:

  • Ingresos reales por debajo de 670 euros: 225 euros al mes.
  • Ingresos reales entre 670 y 900 euros: 250 euros mensuales.
  • Ingresos reales entre 900 y 1.166,70 euros: 267 euros al mes.
  • Ingresos reales entre 1.166,70 y 1.300 euros: 291 euros mensuales.
  • Ingresos reales entre 1.300 y 1.500 euros: 294 euros al mes.
  • Ingresos reales entre 1.500 y 1.700 euros: 294 euros mensuales.
  • Ingresos reales entre 1.700 y 1.850 euros: 320 euros al mes.
  • Ingresos reales entre 1.850 y 2.030 euros: 325 euros mensuales.
  • Ingresos reales entre 2.030 y 2.330 euros: 330 euros al mes.
  • Ingresos reales entre 2.330 y 2.760 euros: 240 euros mensuales.
  • Ingresos reales entre 2.760 y 3.190 euros: 360 euros al mes.
  • Ingresos reales entre 3.190 y 3.620 euros: 380 euros mensuales.
  • Ingresos reales entre 3.620 y 4.050 euros: 400 euros al mes.
  • Ingresos reales entre 4.050 y 6.000 euros: 450 euros mensuales.
  • Ingresos reales superiores a 6.000 euros: 530 euros al mes.

 

Así las cosas, la cuota mínima queda en los 225 euros mientras que la máxima en los 530 euros al mes. Cifras que actualmente están fijadas entre los 230 y los 500 euros.

Por otro lado, tanto en 2024 como en 2025, es posible que la Ley de Presupuestos Generales del Estado pueda introducir alguna modificación aunque no es obligatorio. En diciembre de cada año se validará o refutará las tablas de cotización actualmente vigentes en el Real Decreto Ley donde se enmarca el nuevo sistema de ingresos reales.

 

Luego, para antes del 1 de enero de 2026 el Gobierno determinará el calendario de aplicación del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, el cual contemplará el despliegue de la escala de tramos de ingresos y bases de cotización a lo largo del siguiente período, con un máximo de seis años.

 

Los autónomos colaboradores: base mínima de cotización de 1.000 euros al mes

A diferencia del resto de los autónomos, los llamados colaboradores (familiares directos que trabajan en el negocio de un autónomo) no pueden elegir su base mínima de cotización en el nuevo sistema de ingresos reales. Pues, como los familiares colaboradores no declararán sus ingresos –dado que esta función le corresponde al autónomo a cargo del negocio– tendrán una base mínima de cotización de 1.000 euros al mes y una cuota mensual mínima de 306 euros.

 

Es decir, no pueden elegir una base de cotización inferior a la base mínima y tampoco pueden adscribirse a la ‘Tabla Reducida’ del nuevo sistema. Cabe destacar que esta cuota no será fija y que como afirma el Real Decreto, la base mínima de cotización se incrementará para equipararse al Régimen General de la Seguridad Social, por lo que tanto en 2024 y los años siguientes, la cuota mínima de estos autónomos puede que sea superior a los 306 euros.

 

Esperamos que esta información te haya sido útil. Recuerda que los trámites relacionados con la Seguridad Social -como el darte de alta como autónomo o solicitar certificados de las cuotas pagadas, etc.- los puedes hacer más fácil y muy rápido de manera telemática ingresando con certificado digital. Una herramienta muy sencilla para acreditar tu identidad virtualmente ante las administraciones públicas. Si no lo tienes y lo necesitas urgente, consíguelo en minutos con CertificadoElectronico.es, incluso pueden ayudarte a instalarlo en tu ordenador con su soporte técnico. ¡Sin salir de casa y al alcance de un clic!

 

 

 

 

Nathalia Marín Palomino
Comunicadora social y periodista, máster en Investigación en Medios de Comunicación y Audiencias. Especialista en redacción y creación de contenido, principalmente sobre trámites de la Administración Pública.

¿Sabías que ya puedes hacer tu certificado digital por vídeo en minutos? Solo en CertificadoElectronico.es

Imagen

Solicita tu certificado digital por vídeo en minutos

Y si quieres, con ayuda para instalarlo.

Nuestro blog

Artículos relacionados