No necesariamente tienes que pasar por una burocracia eterna y largas esperas para montar tu empresa en 48 horas. Te contamos los pasos a seguir para crearla.
¿Crear una empresa en 48 horas? ¿Es posible? Pues sí, pese al escepticismo, es posible montar tu compañía en tan corto tiempo. De hecho, la administración española lo ha dicho antes: a través de la plataforma CIRCE se puede crear una sociedad limitada (S.L.) o una sociedad limitada nueva empresa (SLNE).
Por otro lado, también se puede gestionar el alta de una empresa a través de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE). Ya sea de una forma u otra, el punto es que montar tu empresa no tiene que ser una labor engorrosa. En este artículo te contamos los pasos a seguir.
Crear una empresa: los pasos previos
Como lo dijimos antes, sí puedes montar tu empresa en 48 horas siempre y cuando ya cumplas con unos requisitos previos; si no, ahí la cosa se alarga un poco.
Entre los requisitos, está en primer lugar que quienes administrarán la empresa deben estar dados de alta en la Seguridad Social como autónomo societario y contar con un Certificado Digital válido como el que ofrece CertificadoElectronico.es; este debe estar instalado en el navegador y en el ordenador con el que se van a hacer los trámites burocráticos de la empresa.
Por otro lado, también se deberá tener el certificado del banco donde tiene la cuenta de empresa en el que registre el ingreso del Capital Social, que debe ser entre 1 € a 3000 €. Asimismo, si un local va a ser utilizado para la actividad empresarial, también se debe tener la licencia de apertura al Ayuntamiento de la localidad correspondiente en caso de que sea necesario.
Tener denominación social
Ahora, comenzando oficialmente con los pasos a seguir: se debe solicitar en el Registro Mercantil la denominación social de la empresa. Esto, con el fin de verificar si la denominación que se escogió ya está siendo utilizada por otra empresa; en caso de que sí, se tendrá que pensar en otro nombre y denominación social para llamarle. Se pueden incluir 5 posibles denominaciones con cada consulta.
En la web del Registro Mercantil o en el blog de CertificadoElectronico.es se explican las distintas opciones para solicitar el certificado que acredite que la denominación que se ha elegido está libre.
Trámites en CIRCE
Ahora, el procedimiento que ahorrará tiempo y burocracia: hay que entrar en el portal CIRCE con el Certificado Digital, y al momento de crear un perfil de acceso con los datos personales de quien vaya a administrar la empresa, hay que marcar la opción de “emprendedor”.
En la pantalla de trámites, se debe seleccionar la opción de crear un nuevo DUE (Documento Único Electrónico), y dentro de esa opción hay que ir a “SRL: Cumplimentación de un nuevo DUE para la creación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada” donde tendrás que rellenar todos los datos relativos a la nueva empresa: denominación social, domicilio social, datos de los representantes, el CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) y el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) de la actividad principal, entre otros datos.
También, pedirán incluir la fecha de inicio de la actividad, si la empresa tendrá trabajadores, si la actividad se desarrolla en un local (habría que adjuntar la correspondiente licencia municipal solicitada anteriormente), y demás.
En la parte de Liquidación ITP/AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), si es tu caso, al tener un capital social menor de 3100€, te puedes beneficiar de la exención recogida por el Real Decreto Ley 13/2010, se puede marcar si se cumple con los requisitos.
Después, en el apartado DC se recogen todos los datos relativos a la notificación del inicio de actividad a la Agencia Tributaria y luego los datos respecto al administrador y los trabajadores. Siguiente, en el apartado CCC se consignan los datos bancarios para domiciliación de cuotas de la SS, bases de cotización, etc.
Entre los últimos pasos, en el apartado NOT se solicita la cita con el Notario, aquí está el verdadero truco para lograr montar tu empresa en 48 horas, pues hay que procurar pedir la cita para firmar la creación de empresa ese mismo día y que se cumpla el objetivo de constituir la empresa en dos días.
Luego, en la sección ACT se tendrá que indicar el local en el que se va a desarrollar la actividad empresarial, así como el caso de que no sea dentro de un local específico.
Finalmente, están los apartados APD y OEMP que recogen todo lo relativo al registro de la marca (en caso de que tengas intención de registrarla), y la inscripción de los ficheros de protección de datos que vayan a utilizar en la labor empresarial.
Cita con el Notario
Como se habrá pedido la cita con el Notario lo más pronto posible, hay que acudir a él para la firma de los estatutos sociales y su remisión al Registro Mercantil correspondiente, este es un paso que se realiza sólo en notaría. Desde la firma, en menos de 24 horas, si todo va bien, la sociedad pasa a estar inscrita en el Registro Mercantil y a ti se remite el CIF definitivo de ésta.
Es ahí cuando oficialmente ¡se ha montado una empresa en 48 horas! ¡Enhorabuena!
Esperamos que esta información te haya sido útil y deseamos que puedas crear tu empresa lo más pronto posible. Ya ves que para obtener mucho del papeleo o para entrar a la plataforma CIRCE es necesario contar con un certificado digital, el cuál acreditará la identidad del representante de la empresa por internet ante las administraciones públicas y así podrás cumplir con toda la burocracia desde casa.
Si te quieres ahorrar tiempo y desplazamientos y necesitas el certificado, puedes conseguirlo a través de CertificadoElectronico.es; sólo necesitas ingresar a la página web y solicitarlo; incluso, podrán entregartelo en minutos o el soporte técnico puede ayudarte a instalarlo en tus dispositivos.