¿Sabías que la emisión de tu certificado digital por vídeo es GRATIS? Solo aquí 🙂

logotipo certificadoelectronico.es
hamburguesa menu solicitar certificado digital con certificadoelectronico.es

Menú

Cómo solicitar la prestación por desempleo con certificado digital

Solicitar tu prestación por desempleo es sencillo si cuentas con certificado digital y haces la gestión desde la sede electrónica del Sepe.

Realiza este trámite más rápido con Certificado Digital

Última revisión

8 Ago, 2023
Rocío Villaescusa Villena

Categoría

Mujer trabajadora - prestación por desempleo - CertificadoElectronico.es

¿Necesita solicitar tu prestación por desempleo? ¿Tienes derecho al “paro”? Te informamos sobre cómo pedirlo.

 

Qué es la prestación por desempleo

La Prestación Contributiva por Desempleo se puede definir como aquella prestación que protege la situación de quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %.

 

¿Quién se encarga de esta prestación?

El Servicio Público de Empleo Estatal es el Organismo Autónomo encargado de la gestión y control de las prestaciones por desempleo. El Instituto Social de la Marina realiza la gestión de las prestaciones por desempleo correspondientes a las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

 

¿Diferencias entre Prestación y Subsidio?

  • La Prestación por Desempleo (Paro) es una prestación contributiva.
  • El Subsidio por Desempleo es una prestación no contributiva.

 

La diferencia entre una y otra estriba en el tiempo que hayamos cotizado antes de quedarse sin trabajo: Para tener derecho a la Prestación, tienes que haber cotizado a la Seguridad Social por desempleo, al menos 360 días, de modo continuo o discontinuo, desde el último reconocimiento.

 

Si, por el contrario, has trabajado menos de un año, lo que te correspondería es el Subsidio. En este caso, su duración dependerá del número de meses que se haya cotizado y de si se tienen o no responsabilidades familiares. Las cotizaciones aquí tenidas en cuenta, no servirán después para tener acceso a una futura prestación contributiva.

 

Requisitos para que me concedan la prestación contributiva por desempleo

Así pues, unificaremos los requisitos para acceder a la Prestación por desempleo en los siguientes:

  1. Estar afiliadas a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta en los casos que legal o reglamentariamente se determinen.
  2. Tener cubierto un período mínimo de cotización de 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
  3. Estar en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del acuerdo de actividad.
  4. No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
  5. Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo competente (en el servicio de empleo autonómico o, si resides en Ceuta o Melilla: en el Servicio Público de Empleo Estatal) y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
  6. No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.
  7. No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

 

Qué necesito para pedir la prestación contributiva por desempleo

Desde la web del SEPE puedes solicitar el reconocimiento de tu prestación contributiva por desempleo en su modalidad de alta inicial (o bien, su reanudación, si ya la tenías reconocida con anterioridad y no la has agotado), permitiendo la opción de un nuevo derecho en caso de haber trabajado más de 360 días.

 

Se puede pedir como la mayoría de todas las gestiones que se realizan entre ciudadano y administración hoy día, bien de forma presencial en las oficinas de prestaciones (pidiendo cita previa por teléfono o por la sede electrónica), por correo administrativo, en cualquier oficina de registro público o bien por la SEDE ELECTRÓNICA del Servicio Público de Empleo Estatal. Y en esta última modalidad es en la que nos vamos a centrar.

 

¿Qué me permite este Servicio? Pues solicitar la prestación si me encuentro en la situación de haber finalizado mi relación laboral con la empresa, es decir, si se ha extinguido cualquier contrato de trabajo que tuviese con mi empresa dentro del Régimen General de la Seguridad Social (y también para el caso de estar encuadrado mi relación laboral dentro del Régimen Especial de la Minería del Carbón) independientemente de si tuve un contrato a tiempo completo como los casos de cese del contrato a tiempo parcial.

 

Para el reconocimiento de la prestación contributiva necesitas:

  • Disponer de usuario y contraseña obtenido a través del sistema de cl@ve, certificado digital o DNIe.
  • Para finalizar los trámites que requieren firma, es imprescindible, cuando se accede con usuario y contraseña cl@ve, disponer de teléfono móvil y que coincida con el registrado en cl@ve.

 

Cómo solicito mi prestación contributiva por desempleo por internet

Para solicitar una prestación contributiva a través de Internet necesitas:

  • Tener certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo en el servicio de empleo autonómico o si reside en Ceuta o Melilla, en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

 

Lo vamos a solicitar entrando a la web de Seguridad Social, Sepe, del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y ahí, entraremos en la Sede Electrónica, que es la oficina Virtual – la equivalente a la oficina física donde acudíamos habitualmente a la ventanilla donde nos atendía un funcionario—.

 

Solicitud de la prestación

Deberá acceder a la Sede Electrónica del SEPE, dentro del apartado “Procedimientos y servicios electrónicos”, clicando en “Personas”, y dentro de este apartado seleccionando el enlace “Solicite su prestación”.

Este servicio está disponible de 8:00 h a 20:00 h de lunes a viernes.

Sede-electrónica-Sepe-prestación-por-desempleo-CertificadoElectronico.es

En la parte inferior aparece un recuadro azul donde indica: “iniciar reconocimiento”, una vez pinchemos nos dirige hasta el siguiente paso donde debemos identificarnos.

Trámite Sepe - prestación por desempleo - CertificadoElectronico.es

En el siguiente paso seleccionaremos el sistema de identificación.

Lo ideal es que hayas solicitado previamente tu certificado digital de CertificadoElectronico.es, a través de nuestra web de forma rápida, gratuita, con garantías de ser prestadores de servicios electrónicos de confianza y cualificados.

 

Pinchando en la opción con certificado que debemos tener instalado desde el mismo ordenador donde estamos haciendo la solicitud, el sistema nos va a solicitar que la aplicación acceda a nuestra clave privada, permiso que debemos permitir.

 

La solicitud deberá realizarla en el plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de su situación legal de desempleo, y en esta caso, el derecho a cobrar la prestación nace desde el día siguiente a que se esté en situación legal de desempleo.

 

Si a la finalización de la relación laboral quedan días de vacaciones pendientes de disfrutar, indicado en su último certificado de empresa, el plazo de solicitud se iniciará al finalizar dicho periodo de vacaciones.

 

En el supuesto que la solicitud la ejecute fuera del plazo de los 15 días hábiles, podrá tener derecho a la prestación por desempleo a partir de la fecha en que realice dicha solicitud. En este caso se le descontarán tantos días de la prestación como medien entre la fecha de inicio del derecho hasta la fecha de la solicitud.

Procedimiento-prestación-por-desempleo-CertificadoElectronico.es

A partir de ahí, la aplicación web nos va a detectar los contratos de trabajo que existen asociados a nuestro DNI y debemos seleccionar aquel que habiendo finalizado con la empresa es él por el que instamos el reconocimiento de la prestación. Dándole a continuar, el proceso habrá llegado a su fin.

 

Rocío Villaescusa Villena
Experta en contenidos y comunicación digital. Especialista en identidad digital y trámites de la Administración Pública.

¿Sabías que ya puedes hacer tu certificado digital por vídeo GRATIS? Solo en CertificadoElectronico.es

Imagen

Solicita tu certificado digital por vídeo GRATIS aquí

Y si quieres, en 30 minutos y con ayuda para instalarlo

Nuestro blog

Artículos relacionados

×