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Tengo deudas de prestaciones, ¿qué hago?

Si tienes deudas de prestaciones, hay algo que puedes hacer al respecto. En este artículo te contamos cómo resolverlas con tu certificado digital.

Realiza este trámite más rápido con Certificado Digital

Última revisión

29 Jul, 2024
Muriel Peral Muñoz
Pareja solucionando deudas - deudas - CertificadoElectronico.es

Contraer deudas con administraciones como Seguridad Social o Hacienda puede generar estrés y confusión. Esta situación puede surgir debido a una variedad de razone, como dificultades económicas o errores administrativos.

 

En este artículo te vamos a explicar los tipos de deudas que se pueden contraer con la Seguridad Social, las fases de las deudas y te expondremos cómo puedes realizar con tu certificado digital el pago online y cómo solicitar aplazamiento.

 

Tipos de deudas en la Seguridad Social

Los dos tipos de deudas más comunes que podemos contraer con la Seguridad Social son la cuota de autónomos y los seguros sociales de los trabajadores.

  • En el primero de los casos, los autónomos tienen que afrontar mensualmente el pago de cuotas a la Seguridad Social. Este pago no puede aplazarse y, en el caso en el que no cumplan con estas obligaciones tributarias, generas deudas que, de no ser abonadas, te conllevarán a sanciones y recargos.
  • En el segundo de los casos mencionados, cuando un empleador no ha pagado las cotizaciones de Seguridad Social correspondientes a sus empleados, generan deudas con la Administración. Este pago a la Seguridad Social se produce mensualmente a través del Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC), antiguo TC2.

 

En el caso en el que el empresario no pueda afrontar los pagos mensuales, puede solicitar un aplazamiento/fraccionamiento. Si la deuda supera los 30.000 euros tendrá que presentar un aval para garantizar el pago.

 

Fases de la deuda en la Seguridad Social

Cuando generas una deuda con la Seguridad Social y la pagas dentro del tiempo establecido, se te impondrá un recargo e intereses de demora por los días en los que hayas tardado en hacer frente al pago. El recargo será del 10% durante el mes posterior a la finalización del plazo establecido para efectuar el ingreso y del 20% si lo hacemos más tarde.

 

En el caso en el que no afrontes a tiempo el pago de la deuda generada con la Seguridad Social, se abren las siguientes fases:

  • Primero, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) te remite una notificación reclamándote la deuda y ofreciéndote unas fechas de pago. La deuda todavía está en periodo voluntario y puedes solicitar un fraccionamiento/aplazamiento que conllevará unos intereses de demora y recargos. Como hemos indicado anteriormente, si la deuda contraída es inferior a 30.000 euros, no necesitaremos aval ni ninguna garantía, pero, para las deudas superiores a esa cifra, tendrás que presentar un aval solidario formalizado por tu entidad financiera.

 

Si sigues sin poder afrontar la deuda generada dentro del tiempo establecido y solicitas un fraccionamiento/aplazamiento, desde la TGSS te comunicarán una providencia de apremio y el inicio de la vía ejecutiva.

Con la providencia de apremio se te informará de que si no realizas el pago de las deudas en el periodo de tiempo que te ofrecen, se realizarán embargos de tus bienes por el valor al que ascienda dicha deuda. Además, los recargos adicionales y los intereses de demora seguirán aumentando el importe de la deuda hasta que la resuelvas. También te puedes enfrentar a posibles sanciones.

 

A continuación, desde la TGSS procederán al embargo de tus bienes desde la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social. Los bienes que nos pueden embargar son:

  • Cuentas corrientes.
  • Sueldos, pensiones e ingresos de actividades profesionales y empresariales, siempre y cuando los importes a restar no dejen tus cobros por debajo del Salario Mínimo Interprofesional vigente.
  • Bienes muebles.
  • Bienes inmuebles.

 

El procedimiento de apremio concluirá en el momento en el que resulte pagada la totalidad de la deuda, incluyendo recargos, intereses, costas y sanciones.

 

Cómo pagar mi deuda de cuotas de autónomos en la Seguridad Social con certificado digital

En este apartado vamos a ver un ejemplo de cómo puedes pagar la deuda que has contraído con la Seguridad Social por impagos de tus cuotas mensuales de autónomos.
Este trámite lo puedes realizar con tu certificado digital de forma rápida tal y como te indicamos a continuación:

  • Primero, accede a la Sede Electrónica de la Seguridad Social. A continuación, clicar sobre la opción “Ciudadanos” ya que la deuda es como persona física y no jurídica. Como verás en el desplegable, te ofrecen el acceso directo a “Recaudación”.
  • Dentro de esta área, puedes ver todo lo relativo al proceso de recaudación. Aunque la primera opción que encuentras es la de “Pago de deudas con tarjeta” te recomendamos que realices la “Consulta de deudas y obtención de documento de pago”. Este servicio permite visualizar y consultar todas las deudas o liquidaciones pendientes de pago con la Seguridad Social y obtener un documento de pago con el número de cuenta de la entidad financiera donde deberás realizar el ingreso.
  • Identifícate con tu certificado digital, visualiza las deudas que están pendientes de pago con la Seguridad Social, obtén el recibo de pago con el número de cuenta de la entidad financiera donde debes realizar el ingreso bien por cajero automático, transferencia electrónica o, ahora sí, en la opción “Pago de deudas con tarjeta”.
  • Recuerda guardar el justificante de pago que te remite la página web de la Seguridad Social como comprobante de la operación que acabas de realizar.

 

 

Cómo solicitar aplazamiento de mis deudas de cotizaciones a la Seguridad Social con certificado digital

A continuación, te indicamos como puedes solicitar un aplazamiento de la deuda que has contraído con la Seguridad Social en relación a las cotizaciones mensuales de tus empleados.
Del mismo modo, este trámite lo puedes realizar con tu certificado digital accediendo a la sede electrónica de la Seguridad Social y al área de “Empresarios”, “Recaudación”.

Te recomendamos que accedas a “Consulta de deudas y obtención del documento de pago” con el certificado digital de la sociedad que tiene la deuda para cerciorarte del importe que está pendiente de pago y por el que vas a solicitar el aplazamiento.

 

Posteriormente, haz clic sobre “Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social” e identifícate con el certificado digital. Rellena el formulario y adjunta los documentos que consideres necesarios para que te concedan tu solicitud.

 

Este trámite conlleva tal complejidad que, si tienes dudas, es preferible que acudas a una gestoría o asesoría.
Por último, recuerda guardar el acuse de recibo de la presentación de la solicitud antes de cerrar la sesión.

Con CertificadoElectronico.es puedes realizar trámites online de forma rápida, fácil, segura y desde cualquier lugar.

Muriel Peral Muñoz
Periodista y escritora especializada en la administración de empresas.

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