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Si eres una agrupación carente de entidad jurídica, ¿cómo puedes acreditar el cumplimiento de tus obligaciones tributarias?

Si eres una agrupación sin entidad jurídica, en este artículo te contaremos cómo puedes estar al día de tus obligaciones tributarias con Hacienda.

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Última revisión

20 Ago, 2024
Muriel Peral Muñoz
Persona escribiendo - agrupación - CertificadoElectronico.es

Estar al día de tus obligaciones tributarias es algo que deberíamos tener en cuenta todos, pero no nos enseñan a hacerlo en el colegio y tenemos que aprender, a veces por lo que nos dicen otras personas y otras veces porque nos han multado por desconocimiento.

 

En este artículo te vamos a contar qué son las obligaciones tributarias, qué agrupaciones carentes de entidad jurídica tienen obligaciones tributarias, cuáles son estas y te explicaremos cómo puedes acreditar el cumplimiento de tus obligaciones tributarias con certificado digital.

 

Qué son las obligaciones tributarias

Las obligaciones tributarias son deberes legales que tanto las personas físicas como las jurídicas tienen frente al Estado en relación con el pago de impuestos. Las principales obligaciones tributarias son:

  • Presentar las declaraciones de impuestos requeridas en tiempo y fecha y con veracidad en los datos aportados.
  • Pagar los impuestos correspondientes a las declaraciones presentadas en tiempo y fecha.
  • Llevar la contabilidad detallada y conservar los registros financieros que respalden los impuestos presentados ante posibles inspecciones o requerimientos.
  • Cumplimiento de obligaciones aduaneras si se realizan operaciones de importación o exportación.
  • Informar sobre ciertas transacciones o actividades económicas, como la venta de propiedades o grandes transferencias de dinero al órgano competente.
  • Como te hemos indicado al inicio de este artículo, no cumplir con tus obligaciones tributarias puede acarrearte una multa o sanción más los intereses por el tiempo transcurrido.

 

Qué agrupaciones están carentes de entidad jurídica

Las agrupaciones carentes de entidad jurídica son aquellas que no están registradas formalmente como una entidad legal e independiente, sino que colaboran juntas ya que les une el mismo propósito. Recuerda que, a pesar de no estar reconocida como una entidad jurídica como tal, tiene obligaciones tributarias, dependiendo de cada caso. Estas agrupaciones son:

  • Comunidades de Bienes (CB): Son agrupaciones de personas que comparten la propiedad de un bien o un derecho. Cada miembro es copropietario.
  • Agrupaciones de Interés Económico (AIE): Son asociaciones de empresas o profesionales que se unen para desarrollar o mejorar los resultados de sus actividades económicas, durante un tiempo determinado, pero que no llegan a unirse para crear una entidad jurídica.
  • Las sociedades civiles sin personalidad jurídica formadas por dos o más personas que se asocian para realizar una actividad, pero que no están inscritas en el Registro Mercantil. Los miembros que la conforman tienen responsabilidades personales y solidarias por las deudas que se puedan generar.
  • Ciertos tipos de fondos de inversión o fondos de pensiones que carecen de personalidad jurídica propia.

 

Cuáles son las obligaciones tributarias de las agrupaciones carentes de entidad jurídica

Tal y como te hemos contado, una agrupación carente de entidad jurídica puede tener obligaciones tributarias. Dependiendo del tipo de agrupación que sea, se puede enfrentar a las siguientes obligaciones tributarias:

  • Los miembros que forman parte de la agrupación pueden tener que declarar en sus declaraciones de la renta anuales ingresos que se han generado a través de la agrupación.
  • Lo mismo sucede con el Impuesto al Valor Añadido (IVA) ya que, si la agrupación realiza actividades económicas sujetas a IVA, tendrá que presentar este impuesto trimestral y pagarlo, de ser el caso.
  • Aplicar retenciones si la agrupación paga salarios o contrata servicios a terceros.
  • La agrupación debe mantener la contabilidad registrada de todas sus transacciones financieras.

 

Cómo acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias si eres una agrupación carente de entidad jurídica con certificado digital

Si estás pensando en crear una agrupación carente de entidad jurídica, tienes que saber que, aunque la agrupación no tenga personalidad jurídica puede ser necesario que obtengáis un Número de Identificación Fiscal (NIF) para operar.

Teniendo esto en cuenta, te vamos a explicar cómo puedes acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias si eres una agrupación carente de entidad jurídica solicitando un certificado tributario de encontrarte al corriente de las obligaciones tributarias con certificado digital.

 

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Muriel Peral Muñoz
Periodista y escritora especializada en la administración de empresas.

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