¿Cuáles se consediran animales potencialmente peligrosos? ¿Tienes un perro potencialmente peligroso? ¿Sabes si la nueva Ley de Bienestar Animal cambia tus obligaciones para la tenencia de estos animales? Si eres amante de los animales y además responsable para su tenencia te resultará muy interesante este artículo que te proponemos, sigue leyendo para que nada se te escape.
¿Cómo quedará la legislación tras la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal?
El próximo día 29 de septiembre está previsto que entre en vigor la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
Esta es una ley que por todos es ya conocida, por la amplia difusión que se ha dado a la misma, así como por la repercusión directa que va a tener sobre los ciudadanos que tengan en casa una mascota como si uno más de la familia se tratara.
Viene a establecer un nuevo marco jurídico en toda España para la protección, bienestar y garantía de los derechos de los animales de compañía, silvestres y en cautividad, en conjunto con las leyes autonómicas correspondientes.
Esta nueva Ley de Bienestar de 2023, aunque en su borrador sí estaba previsto, finalmente no hace referencia alguna a los llamados perros potencialmente peligrosos o como son conocidos por sus siglas, P.P.P., por lo que seguiremos teniendo en cuenta que la única legislación vigente y que regula la tenencia de estos animales de compañía es la antigua Ley 50/1999 de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y el Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
Cada Comunidad Autónoma, así como los municipios, pueden tener su propia regulación y ordenanzas municipales, que si bien deben adaptarse a la normativa estatal, puede diferir en algunos aspectos, por lo que, si eres propietario de un perro de los calificados como potencialmente peligrosos (P.P.P.), debes acudir a tu Ayuntamiento e informarte sobre las peculiaridades que al respecto tengan regulado en tu localidad.
Lista de razas clasificadas como perros potencialmente peligrosos
En la mencionada Ley 50/1999 y su Real Decreto, establecía una lista de razas clasificadas como perros potencialmente peligrosos y muchas comunidades autónomas, dentro de sus competencias, han venido a ampliar dicha lista.
Los legisladores establecen que, por sus características morfológicas y genéticas— cuello ancho y musculoso, cabeza voluminosa con cráneo ancho y grandes, pelo corto, mandíbulas grandes y fuertes, etc.—, ejemplares de ciertas razas podrían llegar a ser peligrosos si no se cumplen unas pautas de adiestramiento y comportamiento por parte de los propietarios.
Estas razas son:
- Pit Bull Terrier: El Pit Bull Terrier es un perro atlético y enérgico, conocido por su lealtad y valentía.
- Staffordshire Bull Terrier: El Staffordshire Bull Terrier es un perro corpulento, reconocido por su valentía y afecto hacia sus dueños.
- American Staffordshire Terrier: El American Staffordshire Terrier es un perro fuerte y protector, con un temperamento estable.
- Rottweiler: El Rottweiler es un perro poderoso, apreciado por su inteligencia y capacidad de trabajo.
- Dogo Argentino: El Dogo Argentino es un perro grande y atlético, originalmente criado para la caza mayor y el trabajo en equipo.
- Fila Brasileiro: El Fila Brasileiro es un perro leal y valiente, conocido por su habilidad para el trabajo de ganado y su temperamento protector.
- Tosa Inu: El Tosa Inu es un perro imponente y valiente, criado originalmente para peleas de perros pero también posee cualidades nobles.
- Akita Inu: El Akita Inu es un perro noble, famoso por su lealtad y su pelaje distintivo.
- Dobermann: El Dobermann es un perro inteligente y activo, apreciado como perro guardián y de trabajo.
- Bullmastiff: El Bullmastiff es un perro robusto y protector, reconocido por su lealtad y actitud vigilante.
- Dogo de Burdeos: El Dogo de Burdeos es un perro poderoso, conocido por su apariencia distintiva y su naturaleza tranquila.
- Mastín napolitano: El Mastín napolitano es un perro masivo y protector, apreciado por su devoción a la familia.
- Presa canario: El Presa Canario es un perro valiente y seguro de sí mismo, originalmente criado para el trabajo de ganado y la protección.
- Dogo del Tíbet: El Dogo del Tíbet es un perro independiente y protector, históricamente utilizado para guardar rebaños y hogares.
- Presa mallorquín (ca de bou): El Presa Mallorquín, también conocido como ca de bou, es un perro valiente y versátil, utilizado en diversas tareas.
- Bull terrier: El Bull Terrier se caracteriza especialmente por su cabeza distintiva en forma de huevo.
- American Bully: El American Bully es un perro musculoso, criado para ser un compañero leal.
- Akita Americano: El Akita Americano es un perro valiente y protector, similar al Akita Inu pero con algunas diferencias en su apariencia.
- Bandogg – American, Bandogg Mastiff: El Bandogg es un perro atlético y fuerte, resultado del cruce entre diversas razas para obtener un excelente perro guardián y protector.
También puede ser calificado como tal si demuestra un carácter agresivo o ha protagonizado agresiones a personas o animales, evaluado por una autoridad competente con criterios objetivos.
Licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos
Como ya hemos dicho, cada Administración, dentro de su ámbito territorial, podrá establecer el procedimiento administrativo oportuno para acreditar la capacidad de una persona para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y los requisitos que se deben seguir.
Veremos a continuación los requisitos que son básicamente iguales, sea cual sea el Organismo competente para gestionar dicho procedimiento y en consecuencia, otorgar la preceptiva licencia, y son los siguientes.
Requisitos para pedir la licencia
- Ser mayor de edad y estar empadronado en el municipio donde se solicite. Dicho certificado de empadronamiento puede ser solicitado mediante identificación con tu certificado digital en la sede de tu ayuntamiento.
- Disponer de aptitud psicológica y capacidad física para la tenencia de este tipo de animales. Se acredita mediante certificado emitido por centro médico especializado.
- No haber sido condenado por delitos de lesiones, torturas u homicidio; delitos contra la integridad moral, la libertad o la salud pública; delitos por asociación con bandas armadas; narcotráfico; entre otros. Además, el dueño no debe haber sido privado del derecho de tenencia por resolución judicial. Se acredita con el certificado de penales, que podrás solicitar con tu certificado digital en la sede electrónica del Registro Central de Penados y Rebeldes.
- Tampoco debe haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves según el tercer apartado del artículo 13 de la Ley 50/99 (tener PPP sin licencia, adiestrar animales para activar su agresividad, vender PPP sin licencia, organizar o participar en espectáculos para demostrar la agresividad de los perros…)
- Superar de un curso específico sobre adiestramiento básico de perros potencialmente peligrosos, organizado por un Colegio Oficial de Veterinarios, o por Asociación para la Protección de los Animales o Federación o Asociación de Cría y Adiestramiento de perros, debidamente reconocidas, e impartido por adiestradores acreditados. Si bien, este requisito, estando en tramitación aun su regulación y hasta que no entre en vigor, todas las solicitudes que se presenten en los Ayuntamientos para obtener la licencia serán tramitadas aún sin este curso.
- Formalizar un seguro de responsabilidad por daños a terceros con una cobertura mínima: a partir de la entrada en vigor en septiembre de 2023 de la nueva Ley de Bienestar Animal, ya no solo los PPP, sino TODOS, los perros deberán contar con un seguro de responsabilidad civil.
- La identificación y registro del perro potencialmente peligroso en el Registro Municipal que corresponda, aportando la documentación que se requiera en cada caso. Este registro se realiza una vez obtenida la licencia para tenencia, pues será uno de los documentos que nos soliciten.
Proceso para solicitar la licencia
La Licencia para perros potencialmente peligrosos es un documento de carácter administrativo, y es personal e intransferible, y deben solicitarla, tanto los propietarios de este tipo de mascotas, como también aquellas personas, aunque sea ocasionalmente, se encarguen de sacarlos a pasear.
Las licencias concedidas tendrán una vigencia de 5 años que serán renovables presentando la misma documentación que se presentó en su inicio, pero actualizada.
Su solicitud y obtención habrá de hacerse con carácter previo a que tengamos como propietario nuestro perro de raza incluida en la lista de potencialmente peligrosos. Si el animal fuera calificado como potencialmente peligroso con posterioridad a su adquisición por razones de conducta, el/la propietario/a dispone del plazo de un mes para ello desde el momento de dicha calificación.
El trámite está disponible en prácticamente todas las sedes electrónicas de los Distintos Ayuntamientos, y en todo caso, la solicitud de este documento podrá hacerse de forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas.
También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si disponemos de un certificado de identificación y firma electrónica, podemos agilizar el proceso presentando nuestra solicitud y restos de documentos que son necesarios a través del “Registro Electrónico” de cada organismo, pinchando el enlace “tramitar online”.
Si aún no dispones de certificado digital, pero piensas adquirir un perro de los calificados como potencialmente peligrosos, no olvides que de entre toda la documentación que tienes que ir recopilando para tener a tu mascota totalmente legal y en regla, también necesitarás este certificado digital que te agilizará y hará todos tus trámites mucho más sencillo y a través de nuestra web CertificadoElectronico.es ahora tienes la oportunidad de tenerlo de forma gratuita, rápida y sin moverte de tu casa. Con CertificadoElectronico.es te olvidas de papeleos para que solo te ocupes de tu mascota.
Cada sede electrónica tendrá sus peculiaridades propias, pero por centrarnos en alguna, para ponerte un ejemplo de su funcionamiento, nos dirigimos a la del Ayuntamiento de Madrid.
En este caso, dentro de los trámites para “ciudadanía” temas de “Salud” y “Animales Domésticos” tenemos la acción de solicitud de Licencia Administrativa, Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos”
Mediante nuestro certificado digital como sistema de identificación, accederemos a cumplimentar nuestros datos personales en el modelo oficial de solicitud que se nos despliegue y tras ello daremos ok a firmar y enviar.
Cualquier variación de los datos que figuran en la licencia deberá ser comunicada por su titular en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca, al órgano competente del municipio al que corresponde su expedición.
Esperemos que estas líneas te haya sido de ayuda para conocer algo más tus obligaciones a la hora de tener una mascota. Y no olvides, que pese a que la legislación así lo regule, sobre todo por razones de seguridad pública, no existen perros peligrosos sino dueños peligrosos. ¡No seas uno de ellos! Cuídalos y cuídate de tener todos sus “papeles” en regla.