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¿Cómo solicitar el certificado de empadronamiento en Jaén?

Si vives en Jaén (o vas a vivir) y quieres solicitar tu certificado de empadronamiento, te contamos cómo puedes conseguirlo online.

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Última revisión

15 Dic, 2023
Juan Miguel Perea
Vista desde el castillo de Santa Catalina - Jaén - CertificadoElectronico.es

¿Vives en Jaén? El certificado de empadronamiento es un documento expedido por los Ayuntamientos de cada localidad, para acreditar que una persona vive en un domicilio determinado y el tiempo durante el cual reside en él.

 

Empadronarse es un derecho y un deber, ya que todas las personas que residen en España están obligadas por ley a inscribirse en el Padrón del municipio de su residencia habitual y esto ayuda a llevar a cabo muchos trámites.

 

¿Para qué se necesita el certificado de empadronamiento?

El certificado de empadronamiento resulta imprescindible para poder llevar a cabo la mayoría de trámites legales. Es necesario para expedir o renovar el DNI, el pasaporte o el carné de conducir, matricular un vehículo, escolarizar un menor, acceder al paro o a las ayudas sociales.

 

Si resides habitualmente en Jaén, debes acudir a una oficina de empadronamiento para darte de alta en el Padrón Municipal. No importa si, por ejemplo, por razones de trabajo, durante una parte del año tienes que vivir en otra localidad diferente. Si normalmente es en Jaén donde resides, debes empadronarte allí.

 

¿Cómo se solicita el certificado de empadronamiento?

Normalmente, se suele solicitar el certificado de empadronamiento online mediante Instancia General en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jaén. Una vez en la Sede Electrónica, debemos identificarnos con nuestro certificado digital. Si no tienes un certificado electrónico puedes obtener uno en minutos sin salir de casa ni necesidad de retrasar tu solicitud con nuestro CertificadoElectronico.es, ya que lo obtendrás al momento con todas las garantías y el soporte técnico necesario.

 

  • Una vez identificados, debemos buscar la pestaña «Mis datos», y en la selección que se despliega, buscar el apartado “Datos del Padrón de habitantes”, que lo encontraremos en el sexto lugar de las posibles opciones.
  • Una vez realizado nos dirigirá automáticamente a nuestros datos del Padrón, pudiendo solicitar un certificado desde la nueva ventana.
  • Cuando se produce un nacimiento en Jaén se tramita ante el Registro Civil de la provincia, qué procederá a dar de alta al recién nacido y remitirá dicho nacimiento al INE.
  • El INE notificará dicha inscripción al Negociado de Estadística para que se proceda al alta correspondiente en el Padrón Municipal de Habitantes. Este se producirá en el domicilio de empadronamiento de la madre.
  • La inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada 2 años.
  • Existe la posibilidad de declarar la caducidad de inscripciones que deban ser objeto de renovación periódica, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación. En este caso, la caducidad podrá declararse sin necesidad de audiencia del interesado.

 

Cuando una familia se va a empadronar en un nuevo domicilio, ya sea un matrimonio o sea matrimonio con hijos, en su nuevo domicilio no puede haber nadie empadronado, ni siquiera sus padres. Si así fuera, se considerarían dos unidades familiares distintas, y es ese caso habría que aportar un informe de convivencia de la Policía Local para poder empadronarse todos en el mismo domicilio.

 

Este informe de convivencia se solicita en el Registro General del Ayuntamiento para surtir efecto en Estadística y está sujeto al pago de tasas. Transcurridos dos meses desde la solicitud de dicho informe el interesado debe acudir al Negociado de Estadística a solicitar el cambio de domicilio.

 

¿Qué necesito para empadronarme en Jaén?

En Jaén, la única forma de solicitar este trámite es de forma presencial, acudiendo al Negociado de Estadística.

  • Hoja padronal e impreso de alta, cumplimentadas y firmadas por todos.
  • Documento que acredite la identidad de las personas inscritas. En el caso de nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, Tarjeta de identidad vigente. Para menores de edad, el Libro de Familia.
  • Justificante de la nueva vivienda.

 

Si ninguno de los solicitantes es titular de la nueva vivienda, será necesario que cualquiera de los titulares de la misma lo acredite mediante algún documento y firme una autorización en el mismo impreso de cambio de domicilio, adjuntándose fotocopia de DNI de esta persona.

Así mismo, la persona interesada en realizar el cambio de domicilio deberá acreditar de algún modo que su residencia habitual es aquella en la que quiere empadronarse mediante documentos en los que figuren inscritos sus datos personales y su nuevo domicilio.

 

En aquellos casos en los que no se puedan reunir los requisitos anteriores, será necesaria la petición por parte del interesado un Certificado de Convivencia para surtir efectos en el Negociado de Estadística, que será expedido por la Policía Local, remitiendo estos a su vez dicho documento al Negociado de Estadística transcurridos 15 días.

En conclusión, solicitar el certificado de empadronamiento vía online es un proceso sencillo que no debe causarte mayor problema. Solamente debes asegurarte de acceder a la Sede Electrónica y seguir los pasos mencionados. Por supuesto, debes contar con toda la documentación necesaria para realizar con éxito el trámite.

 

Para realizar tus trámites online, recuerda que será necesario contar con un CertificadoElectronico.es si deseas realizar la solicitud online y que con el nuestro, te ahorras tiempo y desplazamientos obteniéndolo en unos minutos sin moverte de casa.

 

 

Juan Miguel Perea
Asesor jurídico de empresas y Administraciones Públicas. Experto en derecho procesal y administrativo.

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