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Cómo crear una Sociedad Anónima

Crear una Sociedad anónima no tiene por qué ser tan complicado. En este artículo te contamos cómo puedes hacerlo online.

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Última revisión

9 Feb, 2024
Juan Miguel Perea
Ordenador - Sociedad Anónima - CertificadoElectronico.es

¿No sabes que tipo de sociedad crear? ¿Quieres saber todo sobre las Sociedades Anónimas? Te contamos todo lo que necesitas saber sobre ellas para crearla.

 

¿Qué es una Sociedad Anónima?

Una Sociedad Anónima o S.A. es una sociedad mercantil de capital social que se divide en acciones, de tal manera que los socios participan del negocio de forma proporcional a la cantidad de acciones que posean, por lo que no existe un máximo ni un mínimo de socios.

 

El capital mínimo es de 60.000 € y en un principio se puede aportar un 25% (Art. 4.2 Y art. 79 LSC).

 

El capital social está constituido por las aportaciones de los socios que será la única responsabilidad personal que asuman los socios de las deudas que adquiera la sociedad. Los accionistas de una Sociedad Anónima no tienen ningún tipo de obligación a la hora de asumir cargos ni desempeñar funciones laborales dentro del negocio. La creación de una Sociedad Anónima resulta idónea para negocios que requieren de una gran inversión. Por ejemplo, es el tipo de sociedad que están obligados a constituir bancos y fondos de pensiones.

BOE - Sociedad Anónima - CertificadoElectronico.es

¿Qué requisitos se exigen para la creación de una Sociedad Anónima?

La constitución de toda Sociedad Anónima, tal y como estipula el Código de Comercio, ha de realizarse mediante escritura pública. Al ser inscrita en el Registro Mercantil con su denominación o razón social, debe ir seguido de las siglas S.A. La Escritura de Constitución debe incluir cinco puntos concretos:

  • Los datos de los socios:
  1. Si son personas físicas: nombre, apellidos, edad, nacionalidad y dirección.
  2. Si son personas jurídicas: denominación o razón social

 

  • La voluntad de constituir una sociedad de capital.
  • Las aportaciones que cada socio se haya obligado a realizar, y la numeración de las participaciones o de las acciones proporcionales que le corresponden.
  • La identidad de la persona o personas que se encarguen de la administración.
  • Los estatutos de la sociedad:

 

  1. Denominación social
  2. Objeto social
  3. Fecha de cierre del ejercicio
  4. Domicilio social
  5. Capital social y participaciones
  6. Administración de la sociedad

 

¿Qué Órganos debe tener toda Sociedad Anónima?

Una Sociedad Anónima está formada por los siguientes órganos:

 

  • Junta General: La Junta General formada por todos los socios decide sobre los asuntos más relevantes de la sociedad. Suelen convocarse dos tipos de Junta:

 

  1. La ordinaria: Se reúne con carácter anual.
  2. La extraordinaria: Debe convocarla un 5% del capital como mínimo.

 

  • Administradores: Se encargan de la gestión, administración y representación de la sociedad. El tiempo máximo en el cargo es de 6 años pudiendo optar a ser reelegidos.

 

Trámites para la Constitución de una Sociedad Anónima

Lo más importante y lo primero que debemos tener claro al constituir una nueva Sociedad Anónima es decidir bajo qué régimen va a operar. Existen dos opciones:

  • Sociedad Anónima de formación simultánea: los accionistas desembolsan el total del capital social en el momento de registrarse la Escritura Pública.
  • Sociedad Anónima de formación sucesiva: los accionistas desembolsan un porcentaje mínimo (25%) del capital social en la constitución, aplazando el pago del resto del capital a situaciones y plazos futuros.

 

También debemos realizar una serie de trámites para poder ponerla en funcionamiento:

  • Solicitar la certificación negativa de la denominación de la sociedad para que no coincida con otra.
  • Solicitar el Código de Identificación Fiscal provisional.
  • Abrir una cuenta bancaria ingresando el capital social de la sociedad anónima.
  • Escrituras públicas ante un Notario.
  • Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Inscripción en el Registro Mercantil.
  • Solicitar el Código de Identificación Fiscal definitivo en el periodo de un mes desde la inscripción.
  • Legalización de forma telemática de los libros de la sociedad en el Registro Mercantil.

 

Si se cumplen todos estos trámites y requisitos, entonces se podrá crear una Sociedad Anónima con la que podrás operar con todas las ventajas que conlleva la misma:

  • Es una sociedad abierta, susceptible de venta de acciones en el mercado o cotizar en bolsa.
  • Permite movilidad del capital.
  • Protege el patrimonio personal de los socios.
  • La responsabilidad social es solidaria entre sus socios.
  • La administración y gestión la pueden realizar una persona que no sea accionista.
  • Puede ser constituida por un solo socio con el 100% de las acciones.

 

La inscripción podrás realizarla en el CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresa) a través de los PAE (Puntos de Atención al Emprendedor) designados. Deberás seguir los siguientes tres pasos:

  • Completar y presentar el DUE (Documento Único Electrónico).
  • Solicitar la reserva de la denominación al Registro Mercantil Central. Tienes un plazo de 6 horas hábiles desde el momento en el que tramites la solicitud.
  • Adjudicación de la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución a través de la agenda electrónica notarial. Suele hacerse efectivo en las 12 horas hábiles posteriores tras la tramitación.

 

Recuerda que si no tienes un certificado electrónico, con CertificadoElectronico.es puedes tener la absoluta tranquilidad de obtenerlo en el momento, así podrás realizar tus trámites sin necesidad de posponerlos a otro momento ni desplazarte de casa o la oficina.

 

 

Juan Miguel Perea
Asesor jurídico de empresas y Administraciones Públicas. Experto en derecho procesal y administrativo.

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