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Cómo funcionan los portales de transparencia

¿Has usado algún portal de transparencia? Si no es así, te contamos cómo utilizarlos en este artículo.

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Última revisión

20 Jun, 2024
Belén Aguilera Membrives
Casa de cristal - portal de transparencia - CertificadoElectronico.es

¿Cómo son los portales de transparencia? El Portal de la Transparencia es un portal web, que forma parte del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Dirección General de Gobernanza Pública (Secretaría de Estado de Función Pública).

 

En este portal web se puede encontrar información pública, y acceder a documentos que explican qué hace la Administración Pública para los ciudadanos y cómo lo hace.

Importante: Todos los ciudadanos pueden ver la información pública de la Administración a través del portal de transparencia.

 

En él se publica información de las organizaciones administrativas que veremos a continuación, Información relativa a Gobierno Abierto, la información que la Ley de Transparencia obliga a hacer pública. Además, el portal permite el ejercicio del derecho de acceso a información no disponible en el portal.

 

¿Qué es la Ley de Transparencia?

La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, nace con el objetivo de que todos los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información pública.

El Artículo 10 de la Ley de Transparencia establece que “La Administración General del Estado desarrollará un Portal de la Transparencia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, que facilitará el acceso de la ciudadanía a toda la información a la que se refieren los artículos anteriores relativa a su ámbito de actuación”.

 

Con las nuevas estructuras orgánicas de los departamentos ministeriales, en concreto el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, el Portal de la Transparencia ha pasado a depender del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Dirección General de Gobernanza Pública (Secretaría de Estado de Función Pública).

La Administración General del Estado comprende:

  1. La Organización Central, que integra los Ministerios y los servicios comunes.
  2. La Organización Territorial.
  3. La Administración General del Estado en el exterior.

 

¿Qué organismos de la Administración General del Estado están obligados legalmente a publicar su información?

Los organismos que están obligados a publicar su información son:

  • Las Administraciones Públicas.
  • Los órganos constitucionales, incluida, la Casa Real.
  • Fundaciones del Sector Público.
  • Asociaciones formadas por Administraciones Públicas o Sociedades Mercantiles con actividades públicas, por ejemplo, los Paradores de Turismo de España.
  • Entidades privadas, que reciban ayudas públicas, por ejemplo, los partidos políticos y los sindicatos.
  • Otras entidades que reciben ayudas públicas, por ejemplo, el Banco de España.

 

Así, la obligatoriedad de publicar su información y ser Transparente, afecta a la Administración General del Estado; a las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social así como las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, a los organismos autónomos, las Agencias Estatales, las entidades públicas empresariales, las entidades de Derecho Público que tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre un determinado sector o actividad, y también a las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, incluidas las Universidades públicas.

 

Importante: No toda la información se puede consultar en el portal de transparencia. El Gobierno y las Administraciones Públicas tienen información privada, que está protegida y los ciudadanos no pueden consultar.

 

La información privada es la siguiente:

  • Información de seguridad nacional
  • Seguridad pública
  • Datos personales

 

¿Qué es la Publicidad Activa?

La Publicidad Activa es la información pública que la Ley de Transparencia y Buen Gobierno obliga a publicar a las Administraciones Públicas en el Portal de la Transparencia.

Esta información deberá publicarse periódicamente y estar actualizada y el medio para su publicación es el Portal de la Transparencia.

La Publicidad activa se presenta en el Portal de Transparencia en dos formas diferentes:

 

1. En seis materias:

  • Organización y empleo público,
  • Altos cargos,
  • Planificación y estadística,
  • Normativa y otras disposiciones,
  • Contratos, convenios y subvenciones,
  • Información económico-presupuestaria

 

2. Y en tres categorías que define la Ley de transparencia:

  • Información institucional, organizativa y de planificación,
  • Información de relevancia jurídica,
  • Información económico-presupuestaria y estadística.

 

Además de la información obligatoria por ley, la Administración también publica otra información que no es de obligado cumplimiento, llamada como “Más transparencia”, por ejemplo: Convenios y acuerdos sobre condiciones de trabajo (Condiciones de trabajo), Código de conducta de los empleados y empleadas públicos (Código de conducta), Declaraciones de bienes y derechos patrimoniales (Declaraciones de bienes), Agendas de altos cargos (Agendas), Deuda pública de la Administración (Deuda pública), etc.

IMPORTANTE:El Portal no contiene información específica de Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Sociedades Estatales, Fundaciones y órganos Constitucionales. Estas entidades publicarán su información en sus respectivos portales web y sedes electrónicas.

 

¿Qué puede hacer el interesado si no encuentra la información que busca o bien, considera que la información dada en el portal no cumple con la ley de transparencia?

En el caso de que un ciudadano necesite más información que la publicada o que ésta sea más detallada, podrá ejercer el derecho de acceso a la información pública solicitándola a través del Portal de transparencia.

Es posible presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en el caso de que el interesado considere que no se está cumpliendo la ley de transparencia en caunto al contenido de la información publicada en el portal de transparencia.

 

El Consejo de Transparencia es el encargado de velar por el cumplimiento de la Ley, y su incumplimiento puede suponer el inicio de un procedimiento sancionador.

 

¿Cómo podemos acceder al Portal de la Transparencia?

Se puede acceder online a través de la sede electrónica del Punto de Acceso General, o bien, directamente a través de la sede electrónica del Portal de transparencia.

 

Una vez en la sede electrónica del portal, hay que elegir la pestaña “procedimientos”, y dentro de ella “derecho a acceso a la información pública”, “acceso a la información pública”, en este punto, hay que elegir el ámbito que interesa, por ejemplo “casa real”, y a continuación, se solicita la identificación, siendo válido el certificado digital, cl@ve PIN, DNI electrónico o elDAS, si el acceso es de ciudadanos de la UE.

portal de tranparencia - Administración general del Estado - CertificadoElectronico.es

Una vez identificados, se abre una pestaña en la que se solicita si se actúa en nombre propio o en representación, así como el correo electrónico y teléfono del interesado, y tipo de información que se solicita, finalmente, pulsamos en “Enviar”.

 

El plazo de respuesta es un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.

Aunque el acceso a la información es gratuito, es posible que la expedición de copias o la transposición de la información a un formato distinto al original puede dar lugar al pago de una tasa.

 

Además de la forma online, se puede solicitar la información de forma presencial, a través de las subdelegaciones de gobierno, o bien por teléfono, en el 060.

Como hemos visto hoy, a través de la sede electrónica de la Administración General, los interesados, pueden realizar numerosos trámites con su certificado digital.

Belén Aguilera Membrives
Abogada y asesora jurídica a particulares y empresas. Especialista en protección de los derechos de los consumidores y de personas mayores.

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