Si piensas tramitar la nacionalidad española para ser ciudadano y obtener el pasaporte en el país, te contamos qué documentos debes preparar para la solicitud.
Para un ciudadano extranjero residente en España, tener la nacionalidad española es uno de los pasos más importantes para garantizar el poder vivir en un país miembro de la UE. Pero, no deja de ser un trámite burocrático complejo y es indispensable presentar muy bien la solicitud para que la resolución de nacionalidad resulte aprobada.
Anteriormente, te explicamos en otro blog cómo solicitar la nacionalidad online en tan solo minutos con certificado digital (este último puedes conseguirlo con CertificadoElectronico.es); pero es importante que al momento de hacerlo tengas toda la documentación lista.
Por eso, a continuación te contamos la documentación general para solicitar la nacionalidad española, y además, los papeles adicionales que podrían pedirte dependiendo de tu caso.
¿Qué es la nacionalidad española?
La ciudadanía española es un derecho que te permite vivir indefinidamente en España, junto con el derecho al voto y al de libre circulación y trabajo dentro de la Unión Europea. Esta nacionalidad está regulada bajo el Código Civil publicado en 1889 y a lo largo del tiempo le han implementado varias modificaciones que influyen en la forma de obtener la nacionalidad; por ejemplo, las que tiene el Real Decreto 1004/2005.
Además de obtenerse por derecho de nacimiento (es decir, que hayas nacido en España y tus padres son españoles), en el caso de los extranjeros pueden obtener la ciudadanía mediante:
- Nacionalidad por residencia: haber vivido suficientes años en España, renovando los permisos de residencia hasta cumplir el tiempo requerido.
- Nacionalidad por matrimonio: estar casado con un ciudadano español.
- Nacionalidad por descendencia: ser nieto de ciudadano español y estar dentro de alguno de los grupos que acoge la ley.
- Nacionalidad por opción: obtener la nacionalidad porque tus padres ya la tenían antes.
Por otro lado, esos no son los únicos requisitos y estos varían dependiendo cada caso. Uno de ellos es que hay que cumplir con los tiempos de plazo, por ejemplo, 10 años de residencia legal y continuada en término general, 5 años para refugiados, 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o Sefardíes.
O en su defecto, mínimo 1 año para los casos de cónyuge de ciudadano español.
Entre otros requisitos y documentos… ¡Sigue leyendo!
Documentos necesarios para presentar para la solicitud
Suele haber complicaciones al tramitar los papeles a tiempo, ya que a veces vencen antes de poder tenerlos todos. Por eso, es muy importante recopilarlos todos con tiempo de anticipación y estando plenamente informados. Estos papeles son:
- Modelo de solicitud: En caso de que la solicitud no se realice por medios electrónicos, si es así, no será necesario que aportes el modelo, ya que la propia plataforma te permitirá escribir los datos de forma online.
- Fotocopia del número de identificación de extranjeros (NIE) o de la tarjeta de residencia actual: no puedes estar en situación irregular.
- Fotocopia del pasaporte en todas sus páginas.
- Certificado de nacimiento: Debidamente legalizado y/o apostillado, usualmente se solicita en la ciudad en la que hayas nacido o donde hayas sido inscrito. Si es necesario, también debe estar traducido por traductor jurado autorizado por el Ministerio de Exteriores del país de nacimiento o el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.
- Certificados de antecedentes penales: se necesitan dos, el del país de origen y el de las autoridades españolas. El primero debe ser expedido en el país de origen del documento y legalizado por vía diplomática. Para pedir el segundo, debe rellenar el impreso oficial de certificado de penales, puede comprarlo en un estanco y enviarlo por correo al Registro Central de Penados y Rebeldes junto con una fotocopia de su documento de identificación. También se puede sustituir el segundo por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
- Certificado de empadronamiento: Se solicita en el ayuntamiento de la localidad en la que resides.
- Certificado de residencia legal en España: Debe solicitarse en la subdelegación del gobierno que te corresponda.
- Documento que acredite que contamos con medios económicos para residir en España: por ejemplo, un contrato de trabajo o un aval bancario.
- Justificante del pago de la tasa.
- Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE): En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.
Otros documentos adicionales según cada caso
Hay otros documentos que pueden ser necesarios para acompañar la solicitud de menos de edad en todo caso
En el caso de Menores de 14 años o personas incapacitadas legalmente que deban actuar a través de representante legal
- Modelo de solicitud normalizado firmado por los representantes legales.
- Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso.
- Pasaporte completo o DNI en el caso de ciudadanos de países miembros del espacio Schengen.
- Justificante del pago de la tasa.
- Documento de identificación del representante o representantes legales.
- Certificado de centro de formación, residencia, acogida, atención o educación especial que acredite el suficiente grado de integración, obligatorio en el caso de niños en edad escolar.
- Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
- Certificado de empadronamiento.
Mayores de 14 años pero menores de 18 años, no emancipados o incapacitados legalmente que pueden actuar por sí mismos asistidos por su representante legal
- Modelo de solicitud normalizado: la solicitud en papel debe ir firmada tanto por el interesado como por sus representantes legales.
- Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido.
- Pasaporte completo o documento de identificación en el caso de ciudadanos de países miembros del espacio Schengen.
- Justificante del pago de la tasa.
- Certificado del centro de formación, residencia o acogida que acredite el suficiente grado de integración.
- Documento acreditativo de la representación legal (Auto judicial donde se establezca la representación o documento de identificación de los padres en el caso de menores sujetos a la patria potestad).
- Tarjeta de Identidad de extranjero, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
- Certificado de empadronamiento.
Refugiados
- Tarjeta de Identidad de extranjeros donde conste su condición de refugiado.
- Pasaporte Azul de la Convención de Ginebra de 1951 (si lo tiene).
- Certificado de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior (este certificado tendrá una validez de seis meses desde la fecha de su expedición) donde conste:
- Nombre y apellidos.
- Fecha y lugar de nacimiento.
- Nombres de los padres.
- Que mantiene su condición de refugiado.
Nacidos en territorio español
- Certificación de nacimiento del interesado inscrito en el Registro Civil español.
Quienes no hayan ejercido oportunamente la facultad de opta
- Certificación de nacimiento del padre/madre español.
- Certificado de nacimiento del interesado inscrito en un Registro Civil español o resolución judicial donde conste la adopción por español o el reconocimiento de la filiación.
Personas en régimen de tutela, guarda o acogimiento no provisional
- En los casos de acogimiento familiar: Auto del Tribunal competente por el que se designe a la persona que va a ejercer la tutela, guarda o acogimiento.
- En los casos de acogimiento por Institución española: Resolución de dicha Institución asumiendo la tutela, guarda o acogimiento.
Casado/a con español/a
- Certificación de nacimiento del cónyuge expedido por el Registro civil español.
- El certificado o acta de matrimonio expedido por el Registro civil español.
- Certificado de Convivencia o Empadronamiento conjunto con el cónyuge.
Viudo/a de español/a
- Certificación de nacimiento del cónyuge expedido por Registro civil español.
- Certificado de matrimonio expedido por Registro civil español actualizado, esto es, expedido en fechas próximas a la solicitud de nacionalidad.
- Certificación de defunción del cónyuge.
- Certificado de empadronamiento conjunto o convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.
Descendiente de español
- Certificación de nacimiento del padre/madre español.
- Certificación de nacimiento del abuelo/abuela, sólo cuando uno de ellos, o ambos, sean ascendientes españoles. En este caso, deberá presentarse también la certificación de nacimiento del padre/madre descendiente de español, aunque él/ella haya sido o no español.
Sefardíes
- Documentación acreditativa de la condición de sefardí según lo establecido en el art. 1.2 de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
¿Hay mucha información y documentación a recopilar, a que sí? Por suerte, posiblemente muchos de estos papeles con entidades españolas podrían conseguirse más rápido vía telemática accediendo a las sedes electrónicas con certificado digital. Si aún no lo tienes, CertificadoElectronico.es es tu apoyo para obtenerlo en minutos y sin salir de casa. ¡Ahórrate tiempo y burocracia!