¿Sabías que la emisión de tu certificado digital por vídeo es GRATIS? Solo aquí 🙂

logotipo certificadoelectronico.es
hamburguesa menu solicitar certificado digital con certificadoelectronico.es

Menú

¿Puedo evitar formar parte de un Jurado Popular?

¿Qué es un jurado popular? Seguro que te suena mucho a película, pero los jurados son algo relativamente reciente en nuestro país.

Realiza este trámite más rápido con Certificado Digital

Última revisión

25 Sep, 2023
Juan Miguel Perea
Juzgado - jurado popular - CertificadoElectronico.es

El Jurado Popular es relativamente reciente en nuestro país, ya que se reguló legalmente en 1995, a través de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, conocida popularmente como “Ley del Jurado”.

Ser jurado es una obligación y está remunerado, si no acudes como jurado cuando eres llamado por la Administración de Justicia, puede suponer una multa de hasta 1.500 euros, si eres reincidente.

 

¿Qué es un Jurado Popular?

El objetivo del tribunal del jurado es que los ciudadanos puedan participar de manera directa en la Administración de Justicia. El artículo 125 de la Constitución establece que “los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine”.

Es un derecho porque todos los ciudadanos pueden formar parte de él, pero también es un deber, ya que, una vez nombrado, sólo podrás rechazar la participación por motivos recogidos en la ley.

Con esta premisa se creará de forma totalmente nueva para cada juicio un jurado compuesto por nueve jurados y dos suplentes, que serán ciudadanos legos en derecho, más un presidente, que será un magistrado de la Audiencia Provincial.

Como hemos dicho, los motivos para no ser considerado apto o eximirte de ser jurado, están recogidos en la Ley. De este modo, un primer frente en el que poder evitar ser jurado son los siguientes requisitos, que serán los mínimos que un jurado debe cumplir para ser incluido en el censo como potencial candidato:

  • Ser español mayor de edad.
  • Encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos.
  • Saber leer y escribir.
  • Ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia donde el delito se hubiere cometido.
  • Contar con la aptitud suficiente. Las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por este hecho, pero la Administración de Justicia les proporcionará los apoyos precisos y los ajustes razonables para que puedan desempeñar con normalidad este cometido.

 

¿Que enjuicia el Tribunal del Jurado?

El Tribunal del Jurado es una forma de enjuiciamiento de causas penales para supuestos específicos previstos en la ley, en la que se permite la participación directa de los ciudadanos.

Cuando se celebra un juicio con jurado, el presidente fijará el objeto del mismo y dejará, previas instrucciones a los jurados, que emitan libremente el veredicto que consideren sobre los hechos y culpabilidad del procesado.

Para emitir veredicto de los hechos probados y de la culpabilidad o no, se requieren siete de los nueve votos del jurado, si fueran perjudiciales para el acusado, y cinco de los votos, si fueran favorables. Teniendo en cuenta el veredicto, el presidente dictará sentencia absolutoria o condenatoria.

Estos son los delitos que juzga un jurado popular:

  • Homicidio
  • Amenazas
  • Omisión del deber de socorro
  • Allanamiento de morada
  • Infidelidad en la custodia de documentos o de presos
  • Cohecho
  • Tráfico de influencias
  • Malversación de caudales públicos
  • Fraudes y exacciones ilegales o negociaciones prohibidas a funcionarios

 

¿Cómo se elige a un jurado popular?

Los años pares, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral elaboran una lista de los candidatos ha jurado que son considerados aptos, por cumplir los requisitos, entre los miembros de cada provincia.

En un sorteo es público, donde cualquiera que lo desee puede presenciarlo, se elegirán a los potenciales candidatos que recibirán un comunicado por el que serán informados de la función de jurados que han de desempeñar, y deben rellenar un formulario que tienen que enviar en los cinco días siguientes a su recepción.

Los candidatos seleccionados podrán alegar durante el periodo de reclamación las causas para excusarse, debiendo constituirse el primer día del juicio con los finalmente aptos entre los potenciales inicialmente designados.

 

¿Es obligatorio ser jurado?

Ser miembro de un jurado es un derecho y, a la vez, una obligación por lo que será remunerada; Pero si no acudes al juicio sin causa que te exima, podrás ser sancionado con una multa de 150 euros y de hasta 1.500 por reincidencia.

Los ciudadanos llamados tienen que actuar como si fueran jueces, es decir, con independencia, responsabilidad y sumisión a la ley.

Si no acudimos, como hemos dicho, pueden sancionarnos, lo que ha supuesto problemas con ciudadanos que alegan objeción de conciencia. El problema es que la Ley Orgánica Tribunal del Jurado no contempla expresamente esta posibilidad, quedando al arbitrio de los jueces respetar esta consideración.

Lo que sí puede eximirnos de participar son los supuestos recogidos en la propia Ley, ya que a pesar de ser obligatorio, la ley permite no ejercer como jurado en algunas circunstancias:

  • Si eres mayor de 65 años o una persona con discapacidad.
  • Si has desempeñado funciones de jurado dentro de los cuatro años anteriores al día de la nueva designación.
  • Si sufres un grave trastorno por razón de cargas familiares.
  • Si desempañas un trabajo de relevante interés general, de modo que si te sustituyeran, podrían producirse grandes perjuicios al mismo.
  • Si resides en el extranjero.
  • Si eres militar profesional en activo mientras concurren razones de servicio.
  • Si alegas y acreditas suficientemente cualquier otra causa que te dificulte de forma grave el desempeño de la función de jurado.

 

Tiene incompatibilidad, entre otros, el personal de la Administración de Justicia, abogados, procuradores, profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal y miembros en activo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Tiene prohibido ser jurado quien conozca los hechos enjuiciados como parte o mantenga relación con alguna parte del proceso; quien tenga vínculo de parentesco hasta segundo grado o sea matrimonio/pareja de hecho del Presidente del Tribunal, Fiscal, Letrado de la Administración de Justicia, abogados o procuradores del proceso; y también quien tenga un interés directo o indirecto en la causa.

Cuando has sido elegido jurado, recibirás una carta en la que, como señala el artículo 19 de la ley, se notifica una citación para comparecer el día señalado para la vista del juicio oral en el lugar donde se tenga que celebrar.

La citación debe incluir un cuestionario donde se especifiquen los requisitos, y las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición. Además, contiene información sobre la función que deben cumplir, sus derechos y deberes, y la retribución que se les dará.

 

¿Cuánto pagan por ser jurado popular en España?

Si formas parte de un jurado, deberás pasar el tiempo que sea necesario hasta emitir un veredicto, por lo que tus gastos serán sufragados, te pagarán los gastos de viaje, si utilizas tu vehículo particular y los gastos de alojamiento y manutención, además recibirás una retribución diaria de 67 euros.

Ser parte de un Jurado Popular es un derecho y una obligación que ejercemos y soportamos los ciudadanos para participar en la administración de la justicia.

 

Si te encuentras en alguna de las causas que pueden eximirte de participar y necesitas realizar tus trámites con agilidad al estar sometido a plazos improrrogables, recuerda que con CertificadoElectronico.es puedes tener la absoluta tranquilidad de obtenerlo en el momento sin necesidad de posponerlo ni desplazarte de casa o la oficina.

Juan Miguel Perea
Asesor jurídico de empresas y Administraciones Públicas. Experto en derecho procesal y administrativo.

¿Sabías que ya puedes hacer tu certificado digital por vídeo GRATIS? Solo en CertificadoElectronico.es

Imagen

Solicita tu certificado digital por vídeo GRATIS aquí

Y si quieres, en 30 minutos y con ayuda para instalarlo

Nuestro blog

Artículos relacionados

×