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Ley de Seguridad Privada y requisitos para obtener la TIP

¿Qué es la Ley de Seguridad Privada y cómo conseguir la Tarjeta de Identificación Profesional? Descubre todo esto en el siguiente artículo.

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Última revisión

16 Oct, 2023
Juan Miguel Perea
vigilante de seguridad - ley de seguridad privada - CertificadoElectronico.es

¿Qué es la Ley de Seguridad Privada? Si quieres formarte como vigilante de seguridad, te contamos todo lo que necesitas saber sobre los requisitos y cómo puedes llegar a convertirte en uno. ¡Acompáñanos!

 

¿Qué es un Vigilante de Seguridad?

Un Vigilante de Seguridad es un profesional que trabaja en la Seguridad Privada. Con anterioridad a la Ley 23/1992 de 30 de julio existían dos figuras: los Vigilantes Jurados y los Guardas de Seguridad. El desarrollo del Reglamento de Seguridad Privada publicado en el BOE de 10 de Enero de 1995 unificó todo en lo que hoy conocemos como Vigilantes de Seguridad.

 

Según la Ley 23/1992 de 30 de julio de Seguridad Privada, únicamente podrá ejercer funciones de seguridad privada el personal de seguridad privada, que estará integrado por los vigilantes de seguridad y su especialidad de vigilantes de explosivos, los escoltas privados, los guardas rurales y sus especialidades de guardas de caza y guarda­pescas marítimos, los jefes de seguridad, los directores de seguridad y los detectives privados.

 

Funciones de los Vigilantes de Seguridad según la Ley de Seguridad Privada

Los Vigilantes de Seguridad desarrollan unas funciones específicas y complementarias a las de la seguridad pública. Estas funciones se concretan en los artículos 71, 72, 76 y 77 del Reglamento de Seguridad Privada, y pueden resumirse del siguiente modo:

1. Los vigilantes de seguridad sólo podrán desempeñar las siguientes funciones:

  • a) Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.
  • b) Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.
  • c) Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.
  • d) Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquellos.
  • e) Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos.
  • f) Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

 

¿Qué es la Tarjeta de Identificación Profesional?

La TIP o Tarjeta de Identificación Profesional de Seguridad es simplemente un certificado, que registra, expide y autoriza el Ministerio del Interior, necesario para ejercer la profesión de vigilante de seguridad. Este certificado permite acreditar que el profesional cuenta con las aptitudes y ha superado la formación necesaria para poder ejercer su trabajo.

 

Si quieres obtener la TIP debes superar los módulos formativos requeridos por la Secretaría de Estado de Seguridad para convertirte en vigilante de seguridad. Esta tarjeta tiene una validez de diez años a partir de su fecha de expedición.

 

Requisitos para obtener la TIP

Como hemos mencionado antes, para obtener la TIP, la Secretaria de Estado de Seguridad requiere que los aspirantes cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad.
  • Tener la nacionalidad de un Estado perteneciente a la Unión Europea.
  • Poseer el título de Graduado en ESO, equivalentes o superiores.
  • Disponer la aptitud psicofísica en relación con lo dispuesto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, que regula la acreditación para el uso de armas y para realizar servicios de Seguridad Privada.
  • Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • No haber recibido condenas, en los cinco años anteriores a la solicitud, relacionadas con intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales.
  • En los dos o cuatro años anteriores, no disponer de sanciones por infracciones graves o muy graves en materias de seguridad.
  • No haber sido separado, en los dos años anteriores, del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o Fuerzas Armadas españolas.
  • Aprobar los cursos en los centros de formación de Seguridad Privada autorizados, presentando el diploma o certificación acreditativa.

 

Cómo solicitar la TIP

Una vez superado el curso de Vigilante de Seguridad, se dispone de tres meses para solicitar la TIP en la Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional, siempre que cumpla todos los requisitos necesarios y acredite la superación del curso, así como el certificado médico. Una vez acreditado lo anterior se inscribirá en el Registro Nacional de Seguridad Privada.

 

Para poder optar a la TIP o Tarjeta de Identificación Profesional, existen dos formas:

  1. Cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado mediante convocatoria de la Policía Nacional para poder hacer el examen teórico y físico.
  2. Por medio de Certificado que implica una formación continua incluyendo prácticas reales en empresas obtenidas en un centro autorizado.

 

Los cursos formativos para la obtención de la TIP dependerán de distintos factores como las horas de duración, la modalidad y profesorado, estimando un coste medio en trono a los 400€. Recuerda que si no tienes un certificado digital, con CertificadoElectronico.es puedes tener la absoluta tranquilidad de obtenerlo en el momento, así podrás realizar tus trámites sin necesidad de posponerlos a otro momento ni desplazarte de casa o la oficina.

Juan Miguel Perea
Asesor jurídico de empresas y Administraciones Públicas. Experto en derecho procesal y administrativo.

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