¿Sabías que la emisión de tu certificado digital por vídeo puede ser EN MINUTOS? Solo aquí 🙂

logotipo certificadoelectronico.es
hamburguesa menu solicitar certificado digital con certificadoelectronico.es

Menú

Modelo 714: qué es y cuándo se presenta

¿Presentar el modelo 714 online? En este artículo te contamos en qué consiste y cómo puedes presentar este modelo con certificado digital.

Realiza este trámite más rápido con Certificado Digital

Última revisión

8 Nov, 2023
Juan Miguel Perea

El Modelo 714 o Impuesto sobre el Patrimonio, grava el patrimonio neto de las personas físicas. Te contamos cómo funciona y quién debe pagarlo.

 

¿Qué es el Modelo 714?

El Modelo 714 es la declaración del Impuesto de Patrimonio, el impuesto que grava el patrimonio neto de las personas físicas. Su aplicación es nacional, aunque su rendimiento está cedido a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico vigentes en los Terri­torios Históricos del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra.

 

En este impuesto se tiene en cuenta, tanto en derechos como en bienes, el valor de las posesiones de la persona física que esté realizando la liquidación. Para ese cálculo hay comprobar las deducciones por cargas y gravámenes que pudiesen disminuir su valor, así como las deudas u obligaciones personales de las que debe responder.

 

La declaración del Modelo 714 está establecida entre los días 7 de abril al 30 de junio.

 

¿Quién debe hacer la declaración del Modelo 714?

Existen dos tipos de sujetos pasivos del Impuesto sobre el Patrimonio:

  • Sujetos pasivos por obligación personal: Son las personas físicas que tienen su residencia habitual en territorio español. Deben declarar el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de los que sean titulares a 31 de diciembre, con independencia del lugar donde se encuentren situados los bienes o puedan ejercitarse los derechos. Estos contribuyentes son:
  • Sujetos pasivos por obligación real: Estos contribuyentes son las personas físicas que no tengan su residencia habitual en España y sean titulares de bienes o derechos que estén situados en territorio español. Estos contribuyentes deben declarar, exclusivamente, los bienes y derechos de los que sean titulares a 31 de diciembre en territorio español.

sede electrónica - modelo 714 - CertificadoElectronico.es

Ambos tipos de sujetos pasivos, deben realizar la declaración del Impuesto de Patrimonio o Modelo 714, las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • El valor de sus bienes y derechos sea superior a los 2.000.000 euros. Para ello, no se tienen en cuenta obligaciones personales o gravámenes.
  • Una vez realizadas las deducciones o bonificaciones, la cuota tributaria del Modelo 714 sale a ingresar.
  • Si el valor de los derechos y bienes no supera los 2.000.000 de euros, se debe presentar la declaración siempre que la base imponible sí exceda del mínimo exento.

 

  1. En general, el mínimo exento es de 700.000 euros (la vivienda habitual hasta los 300.000 euros está excluida). Este dato puede variar en función de la Comunidad Autónomas en la que no encontremos:
  • Comunidad Valenciana: 600.000 euros.
  • Cataluña: 500.000 euros.
  • Aragón: 400.000 euros.
  • Extremadura: 500.000 euros.

 

Por otro lado, el Modelo 714 no incluye en las exenciones obras de arte o antigüedades, así como patrimonio empresarial. Finalmente, la cuantía a pagar depende de cada Comunidad Autónoma. En el caso de muchas Comunidades Autónomas este impuesto está bonificado al 100% de su cuantía.

 

¿Cómo se tramita el Impuesto de Patrimonio?

El modelo de declaración del Impuesto de Patrimonio se realiza telemáticamente desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, accediendo con tu certificado digital. Si no tienes un certificado digital puedes obtener uno en minutos sin salir de casa ni necesidad de retrasar el pago del impuesto.

 

Con nuestro certificado digital de CertificadoElectronico.es obtendrás tu certificado al momento con todas las garantías y el soporte técnico necesario. El documento de declaración del Impuesto de Patrimonio lo constituyen 10 apartados, a las que se añade el ingreso.

  • Apartado 1: Información general.
  • Apartados 2-8: Bienes, derechos y deudas.
  • Apartados 9 y 10: Resumen del patrimonio neto que forma la base liquidable.

 

Por último, se genera el documento de ingreso donde debes indicar la modalidad de pago y el número de cuenta donde se efectúa el pago.

 

¿Qué bienes y derechos se incluyen en la declaración?

Se deben incluir en la declaración de Patrimonio los bienes y derechos siguientes:

  • Bienes inmuebles.
  • Los bienes y derechos afectos a actividades empresariales o profesionales.
  • Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, valorados a 31 de diciembre.
  • Acciones o participaciones en fondos propios de cualquier tipo de entidad, valorados según su valor de negociación media del cuarto trimestre.
  • Seguros de vida y rentas temporales o vitalicias, por su valor de rescate.
  • Joyas, pieles de carácter suntuario, vehículos de más de 125 cc, embarcaciones y aeronaves, por su valor de mercado.
  • Objetos de arte o antigüedades, por su valor de mercado.
  • Derechos reales y concesiones administrativas.
  • Derechos derivados de la propiedad intelectual e industrial, siempre y cuando hayan sido adquiridos de terceros.

 

En conclusión, pagar el Impuesto de Patrimonio o modelo 714 vía online es un proceso sencillo que no debe causarte mayor problema. Solamente debes asegurarte de seguir los pasos mencionados. Para realizar tus trámites online, recuerda que será necesario contar con un CertificadoElectronico.es, y que con el nuestro, te ahorras tiempo y desplazamientos obteniéndolo en unos minutos sin moverte de casa.

Juan Miguel Perea
Asesor jurídico de empresas y Administraciones Públicas. Experto en derecho procesal y administrativo.

¿Sabías que ya puedes hacer tu certificado digital por vídeo en minutos? Solo en CertificadoElectronico.es

Imagen

Solicita tu certificado digital por vídeo en minutos

Y si quieres, con ayuda para instalarlo.

Nuestro blog

Artículos relacionados