¿Necesitas presentar una alegación en el Catastro? A través de la Sede Electrónica del Catastro se puede responder a requerimientos de información o presentar alegaciones, así como presentar distintos recursos. En este artículo te mostraremos cuáles son y desde donde debes realizarlo para poder hacerlo de un modo satisfactorio y rápido.
¿Qué es el Catastro?
El Catastro Inmobiliario está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, éste es un registro que depende del Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo la inscripción obligatoria y gratuita en la que se encuentran descritos y censados los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales.
La principal función del catastro es tributaria, ya que aporta información a la administración estatal, autonómica y local. Por lo tanto, su función es básica para realizar una correcta recaudación de impuestos como el IBI, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. También tiene una función informativa al realizar una compraventa inmobiliaria, ya que el Catastro proporciona el censo de bienes inmuebles, su titularidad, sus características, así como el valor catastral.
¿Quién debe inscribir un inmueble en el Catastro?
Para realizar la inscripción de una vivienda o modificar sus características se puede acudir a:
- Las Gerencias Provinciales o Delegaciones de Economía y Hacienda.
- Al Ayuntamiento en el que se encuentre el inmueble.
- Sede Electrónica del Catastro.
- Sede Física del Catastro.
Los propietarios deben dar de alta en el Catastro sus inmuebles, disponiendo de dos meses de plazo a partir del día siguiente a la fecha de compra.
¿Cómo puedo presentar una alegación o recurso en el Catastro?
- En primer lugar, debemos acceder desde la Sede Electrónica del Catastro.
- En función de lo que deseemos realizar, vamos a necesitar o bien un certificado digital para identificarnos o bien el Código Seguro de Verificación.
- Si no tienes un certificado digital puedes obtener uno en minutos sin salir de casa ni necesidad de retrasar tu recurso, con nuestro certificado digital de CertificadoElectronico.es, ya que lo obtendrás al momento con todas las garantías y el soporte técnico necesario.
- En el caso de usar el CSV (Código Seguro de Verificación) debe estar asociado al documento remitido por el Catastro que incluya la indicación de que puede responder a un requerimiento o presentar una alegación.
- El Código Seguro de Verificación garantiza, mediante el cotejo en la Sede electrónica de la Dirección General del Catastro, la integridad y autenticidad de los documentos electrónicos.
Haciendo uso de este CSV podrá responder al requerimiento o presentar la alegación adjuntando la documentación que estime conveniente. En el caso del Certificado digital, se utiliza sobre todo para presentar Recursos. Vamos a ver los casos específicos que podemos encontrar:
- Una vez hemos accedido a la Sede Electrónica del Catastro, debemos seleccionar la opción ”Trámites ante Catastro”.
Nos dirigirá a una nueva página con múltiples trámites, que nos los dividirá en dos opciones a su vez:
Trámites ante Catastro con autentificación
Esta es la opción que debemos seleccionar para realizar los trámites con nuestro Certificado digital, normalmente son recursos o escritos por discrepancias genéricas. Estas son todas las opciones que podemos encontrar:
- Declaración de alteración catastral de los bienes inmuebles. Modelo 900D
- Solicitud de baja del titular catastral
- Solicitud de inscripción de trasteros y plazas de estacionamiento en pro indiviso
- Recurso de reposición contra un acto administrativo de la D.G. del Catastro
- Recurso de alzada
- Presentar escritos sobre el valor de referencia de un inmueble del que se es titular
- Solicitud de acceso a la información catastral y de certificados
- Presentar otras solicitudes, escritos por discrepancias con la descripción catastral y documentos genéricos
Trámites ante Catastro con CSV
En el caso de tener que presentar alegaciones o responder a un requerimiento específico, debemos usar la opción referente al Código Seguro de Verificación. Estas son todas las opciones que podemos encontrar:
- Presentar documentos (alegaciones y respuestas a requerimientos) usando el Código Seguro de Verificación de un documento recibido.
- Presentar una declaración en base al CSV de un documento recibido.
- Cotejo y descarga de documentos.
¿Dónde me notifican las resoluciones?
La Dirección General del Catastro ha habilitado en su Sede Electrónica un servicio que permite a los ciudadanos acceder a las notificaciones a través del enlace “Notificaciones” por medio del cual se accede a una segunda pantalla en la que se puede ver el botón “Acceso mediante certificado o DNIe”. Una vez validado el certificado se muestra al usuario la información relativa a la notificación.
En resumen, para poder alegar o recurrir ante el Catastro, vamos a necesitar bien nuestro certificado digital o nuestro Código Seguro de Verificación, tal como te hemos indicado. Recuerda que si no tienes un certificado digital, con CertificadoElectronico.es puedes tener la absoluta tranquilidad de obtenerlo en el momento, así podrás realizar tus trámites sin necesidad de posponerlos a otro momento ni desplazarte de casa o la oficina.