El Bono Social de la Luz es un programa fijado por el Gobierno con el objetivo de ayudar a las personas y familias con dificultades económicas.
En el año 2022, el Ministerio para la transformación ecológica y el reto demográfico, aplicó diversas reformas en el Real Decreto Ley 6/2022 de 29 de marzo y en el Real Decreto Ley 18/2022 de 18 de octubre, con el objetivo de mejorar la protección en aquellos hogares afectados por la crisis energética.
En este artículo te contamos en qué consiste el bono social de la Luz, quiénes pueden solicitarlo y cómo tienes que hacerlo si cumples con los requisitos establecidos.
¿Qué es el Bono Social de la Luz?
El bono social de la Luz es una iniciativa propuesta por el Gobierno central por el que, algunas de las comercializadoras eléctricas, aplican un descuento en las facturas a los consumidores vulnerables. Dependiendo de tu grado de vulnerabilidad, el descuento será mayor o menor. Los descuentos son:
- Descuento del 25% para consumidores vulnerables. Actualmente, se ha incrementado al 65% hasta el 31 de diciembre de 2023 bajo el nombre “bono social de justicia energética” debido a la crisis energética actual.
- Descuento del 40% para los consumidores vulnerables severos. Del mismo modo que en el caso anterior, actualmente se ha incrementado el descuento al 80% de la factura eléctrica hasta finales de año.
Adicionalmente, para aquellos consumidores en riesgo de exclusión social y que son atendidos por las administraciones autonómicas o locales, no se les podrá interrumpir el suministro eléctrico en el caso de que no puedan afrontar las facturas incluso con el descuento ya aplicado.
¿Qué es el PVPC?
El Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) es un tipo de contrato de electricidad en el que se paga directamente el precio de la energía que resulta del mercado, sumándole impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales. El PVPC sólo puede contratarse a los comercializadores de referencia si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
¿Qué es el IPREM?
El IPREM es un índice económico que se usa para determinar la percepción de determinadas ayudas, subvenciones o el acceso a ciertas prestaciones, tanto a nivel estatal como autonómico y local.
El IPREM se determina anualmente con los Presupuestos Generales del Estado y varía dependiendo de factores como la inflación.
En el año 2023, el IPREM asciende a 600 euros al mes, es decir, 7.200 euros anuales en 12 pagas.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el bono social de la Luz?
Ya sabemos en qué consiste el bono social de la Luz y términos como el PVPC e IPREM, necesarios para entender los requisitos que se tienen que cumplir para poder solicitar el bono social de la Luz según el tipo de consumidor vulnerable que seas.
El único requisito que te solicitan para poder solicitar el bono social de la Luz es tener contratado el PVPC con tu comercializadora. Recuerda, que tiene que tener una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
Sin embargo, los requisitos personales, familiares y de renta que tienes que cumplir para ser considerado consumidor vulnerable, vulnerable severo y en riesgo de exclusión social son:
1. Para ser considerado consumidor vulnerable y, por lo tanto, beneficiarse del 25% de descuento (recuerda que hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento es del 65%) tienes que cumplir alguno de estos requisitos:
- Que tu renta individual o la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a la que pertenezcas sea igual o menor a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas, incrementándose en un 0,3 el multiplicador por cada persona mayor de edad y en un 0,5 por cada menor de edad, siempre y cuando exista convivencia.
Si el titular o algún miembro de la unidad de convivencia tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género, víctima de terrorismo, forma parte de una familia monoparental o se encuentra en situación de dependencia reconocida de grado II o III, sumará 1 IPREM al umbral de renta.
De este modo, y recordando que el IPREM en 2023 está en 600 euros al mes, es decir, 8.400 euros en 14 pagas, un ejemplo podría ser: una familia formada por dos adultos y dos menores de edad.
2,8 (1,5 + 0,3 + 0,5 + 0,5) x 8.400 euros (según el IPREM de 2023) = 23.520 euros.
- Estar en posesión del título de familia numerosa.
- Que todos los miembros de la unidad familiar reciban pensiones mínimas de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual superen los 500 euros.
- Que el titular del suministro o algún miembro de la unidad familiar sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
2. Para ser considerado consumidor vulnerable severo y beneficiarte del 40% de descuento (el 80% de descuento hasta el 31 de diciembre de 2023), debes cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Tu nivel de renta tiene que ser igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, siendo incrementado con las “circunstancias especiales” vistas anteriormente. Por lo tanto, haciendo uso del ejemplo anterior (dos adultos y dos menores de edad), el nivel de renta deberá ser igual o inferior a 11.760 euros anuales.
- Si posees el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe tener una renta anual igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas, esto es, 16.800 euros en 2023.
- Si el titular o todos los miembros de la unidad familiar reciben una pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, debes tener una renta anual igual o inferior a 1 vez el IPREM de 14 pagas, es decir, 8.400 euros.
- Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, no aplicarán los criterios de renta porque son perceptores directos.
3. Para que seas considerado consumidor en riesgo de exclusión social, tienes que ser el titular del contrato, cumplir con los requisitos de vulnerabilidad severa y ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública que financie al menos el 50% del importe de tu factura a PVPC.
Como hemos indicado al inicio de este artículo, en el caso de que una persona en riesgo de exclusión social no pueda hacer frente a los pagos, en ningún caso se le interrumpirá el suministro eléctrico.
¿Quiénes son los Comercializadores de referencia para solicitar el bono social de la Luz?
A continuación, te vamos a nombrar los comercializadores de referencia (COR) a los que se les puede solicitar el bono social de la Luz. Puedes contactar con ellos a través de la dirección de correo electrónico o correo postal que te facilitan en sus portales online.
- Endesa Energía XXI, S.L.U.
- Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U
- Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A.
- Baser Comercializadora de Referencia, S.A.
- Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U.
- Comercializador de Referencia Energético, S.L.U.
- Teramelcor, S.L. (Melilla)
- Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U. (Ceuta)
Cómo solicitar el bono social de la Luz
Si cumples con los requisitos solicitados para ser considerado un consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, y estás acogido al PVPC, te explicamos cómo tienes que solicitar el bono social de la Luz y la documentación que tienes que remitir al COR:
- Modelo de solicitud del bono social que está disponible en los enlaces que te hemos facilitado en el apartado anterior, ¿Quiénes son los Comercializadores de referencia para solicitar el bono social de la Luz?
- Fotocopia del NIF o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento, en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
- El libro de familia, certificado de nacimiento, de matrimonio, de pareja de hecho, en los casos que sean necesarios.
- Certificado de estado civil del solicitante si no forma parte de una unidad de convivencia.
- Si algún miembro de la unidad de convivencia tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género, víctima de terrorismo o encuentra en situación de dependencia reconocida de grado II o III, tienes que presentar un certificado emitido por el organismo competente para atestiguarlo.
Una vez que tengas toda la documentación preparada, remítela al COR. Si tienes alguna consulta, te recomendamos que contactes con ellos y que no arriesgues la ayuda que mereces.
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